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  • cese ficto y actividad reglada....

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #699385  por floppy
 
les cuento tengo que presentar una jubilación y tengo una duda, a los fines de aplicar el art. 3 declaracion jurada y la fecha de cese, el tema es así el señor tiene pagos esporádicos, motivo por el cual voy a renunciar todo lo que tiene con deuda pero registra dos pagos en julio y agosto de 2004 monotributista ,
leyendo la circular 49/10 de anses veo que hace una distinción entre actividad reglada y no reglada, a los fines de tomar el cese ficto por eso quería preguntarles si la actividad de referencia es de las regladas o no....
para saber si puedo aplicar el cese ficto y ese pago que tiene intereses por fuera de termino renunciarlo y así seguir .....
otra cosita mas en la actualidad presta servicio como agente de noticias y figura activo y exento...y no registra pagos ni deuda---
Desde ya gracias !
Floppy Very Happy
 #699554  por arielruiz86
 
Por lo que yo entiendo, actividad no reglada son actividades que no estan en el PUC y actividades regladas son las que estan en el PUC. Y de ser asi la circular nos esta diciendo que si es una actividad no reglada (inc a) el cese lo determina el ultimo pago y en que caso de tratarse actividades regladas (inc b) se puede razonablemente considerar el "cese ficto" retrotrayendo este antes en el tiempo en que no exista en el tramo posterior a renunciar mas de dos pagos esporadicos que no denotan continuidad en la tarea.