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 #700541  por Gabiito
 
PARA EL CRECIMIENTO DEL RAZONAMIENTO DEL DERECHO...

A PARTIR DE UNA CONVERSACION ENTRE VARIAS PERSONAS, SURGIO EL TEMA DE LA EXISTENCIA O NO DE LOS "DERECHOS DE LOS ANIMALES"
VARIOS OPINABAN QUE EXISTIAN, OTROS OPINABAN ROTUNDAMENTE QUE NO..

EXPONGA CADA UNO SU OPINION Y CON EL FUNDAMENTO JURIDICO QUE RESPALDE DICHA OPINION.
 #700545  por andrea1982
 
Mmmm.. parece complicado, porque el animal dificilmente pueda defenderse, hay que ver si los animales están conformes con lo que nosotros consideraríamos, dado el caso de aceptarlo, sus derechos.
En toda caso, a lo mejor, podríamos decir que tenemos obligaciones de hacer o no hacer con respecto a los animales. O un derecho protectivo del animal. Pero derechos que ellos puedan exigir no creo. Tampoco creo que se pueda decir que Todo gato tiene derecho a un nombre...
 #700568  por leny2010
 
Amo los animales, y hoy justamente vi un programa en donde se mostraba a los caballos que estan siendo sometidos por los cartoneros, muertos de hambre y enfermos mueren en la calle.
no hay derecho y esta prohibido la traccion a sangre sin embargo en plena ciudad de buenos aires tenemos que ver esos atropellos, como otros mas que no son animales pero al lado del obelisco duerme gente en la calle.
Asonde esta la legislacion para una y otra cosa??' no tienen el poder de expresarse pero habria ue mirar a los ojos a esos animales para entenderlo.
CREO QUE SERIA HUMANO QUE EXISTA UNA LEGISLACION AL RESPECTO Y TODOS LOS SERES HUMANOS DEBERIAMOS MANIFESTARLO, NOS DIFERENCIAMOS DE ELLOS SOLAMENTE POR SER RACIONALE.
FELICITO AL CREADOR DEL TREADH EN UNA DE ESAS HACE HISTORIA Y NOS MOVILIZAMOS DE UNA VEZ *flor*
 #700613  por cfg
 
En Argentina están reconocidos los derechos de los animales (por lo menos a no ser maltratados) en la ley 14.346 (el año pasado defendí a un hombre que se lo acusaba por estos delitos) por supuesto no tienen los mismos derechos un chimpancé que una mosca...
 #700619  por cdiriarte
 
cfg escribió:En Argentina están reconocidos los derechos de los animales (por lo menos a no ser maltratados) en la ley 14.346 (el año pasado defendí a un hombre que se lo acusaba por estos delitos) por supuesto no tienen los mismos derechos un chimpancé que una mosca...
Coincido y agrego, habría que adoptar un concepto diferente a aquel que iguala a los animales (seres vivos) con las cosas inanimadas en el generalizado concepto latino "res". La legiaslación existe y ella encuadra el fundamento jurídico respecto a la pregunta que inicio el thread. Queda, ahora, definir a los animales de manera diferente a ése concepto clásico. Saludos.
 #700677  por andrea1982
 
Si, en penal, sería delito de daño, yo lo agravaría más...
Igualmente, yo lo que yo digo, es que es dificil de definir cuales serían los derechos del animal, porque... cómo sabemos realmente si le estamos garantizando su bienestar, si no se pueden expresar??? Me parece complejo.. Si hay normas protectivas, humanas, para los animales.
 #700742  por cfg
 
andrea1982 escribió:Si, en penal, sería delito de daño, yo lo agravaría más...
Igualmente, yo lo que yo digo, es que es dificil de definir cuales serían los derechos del animal, porque... cómo sabemos realmente si le estamos garantizando su bienestar, si no se pueden expresar??? Me parece complejo.. Si hay normas protectivas, humanas, para los animales.
No, los delitos son los previstos por la ley que cité, es distinto si yo maltrato a los animales (aunque sean míos) cometeré el delito (esto demuestra que se defiende como bien jurídico al bienestar de los animales) en el delito de daño no es daño destruir mi propia propiedad (en este -justamente- se defiende la propiedad de un tercero). Me parece que si pensamos de esa manera (que solo se sabe que se garantiza los derechos si se los escucha) a los bebés tampoco sabríamos... y sí sabemos porque -como humanos que somos- nos damos cuenta cuando un animal está bien, qué cosas lo harán sufrir innecesariamente, etc.
 #700745  por cfg
 
y buscando vi que hay una Declaración universal de los Derechos del Animal:

Declaración Universal
de los Derechos de los Animales

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1
Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2
a) Todo animal tiene derecho al respeto.
b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.
c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3
a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo No. 4
a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo No. 5
a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo No. 6
a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo No. 7
Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo No. 8
a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo No. 9
Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo No. 10
a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11
Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo No. 12
a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo No. 13
a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo No. 14
a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.
b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

fuente: http://www.me.gov.ar/efeme/diaanimal/derecho.html
 #755608  por caricin
 
Hola a todos!!
estaba buscando justamente sobre este tema, y encontre este post... ahora, mi duda apunta especificamente a lo procesal. Esta reglamentado esto?? donde y como hago una denuncia?
Les explico el caso puntual. A un pueblo de la provincia de Sta Fe acaba de llegar un circo en el q explotan animales,los q se encuentran en PESIMAS condiciones, y "casualmente" al mismo tiempo de la llegada del circo, comienza una ola de desaparicion de mascotas...
El tema es: Como encaro ésto? Donde y como denuncio? Simplemente recurro al fiscal x denuncia penal?
Si alguien tiene idea del tema, le agradecería m oriente.
Muchisimas gracias!!
 #756575  por PoloVet
 
Respecto a lo manifestado por cfg » Jue, 14 Abr 2011, 13:25 , lamentablemente, NO ES ASÍ.

"Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)"

Esto es FALSO. Es una LEYENDA URBANA, que difunden ¿de buena fe? las ONG protectoras de animales.

Lo expongo así en mi blog:http://poloestolbienestaranimal.blogspo ... echos.html


Atte.
 #756597  por cfg
 
PoloVet escribió:Respecto a lo manifestado por cfg » Jue, 14 Abr 2011, 13:25 , lamentablemente, NO ES ASÍ.

"Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO)"

Esto es FALSO. Es una LEYENDA URBANA, que difunden ¿de buena fe? las ONG protectoras de animales.

Lo expongo así en mi blog:http://poloestolbienestaranimal.blogspo ... echos.html


Atte.
Si no es así yo protestaría a nivel nacional porque quien lo difunde (como se ve en el link) es el Ministerio de Educación de la Nación
a Caricin: en mi caso se había hecho la denuncia en la policía (es un delito de acción pública)
 #756623  por PoloVet
 
Cada vez que veo escrito en algún lado este DISPARATE mando un email para que lo corrijan.

Rara vez me contestan, ni siquiera por cortesía.

Si alguien quiere hacere la denuncia, cíteme en mi nota en el blog como referencia.

Atte.