en un juicio de alimentos se ha llegado con exito a un acuerdo en una audiencia de conciliacion, la parte actora tuvo un letrado que fue quien presento la demanda y otro que se presento en la audiencia, en la homologacion del mismo el juzgado ha regulado a los tres (dos de la actora y uno por el demandado) por el mismo monto.
Yo entiendo que es excesiva dicha regulacion (en cuanto a la parte actora) ya que les esta pagando dos veces lo mismo, no se si soy claro.
paa ser mas grafico supongamos que le regulo al dr A la suma de 1500 pesos, al dr B la suma de 1500 pesos y al dr C la suma de 1400 pesos, donde A y B son letrados de la parte actora (dr C letrado parte demandado).
Mi pregunta seria si dicho razonamiento anterior es correcto, en caso de ser asi si corresponde recurso de apelación y por ultimo si corresponde que dicha homologación sea notificada via cédula.
gracias
Yo entiendo que es excesiva dicha regulacion (en cuanto a la parte actora) ya que les esta pagando dos veces lo mismo, no se si soy claro.
paa ser mas grafico supongamos que le regulo al dr A la suma de 1500 pesos, al dr B la suma de 1500 pesos y al dr C la suma de 1400 pesos, donde A y B son letrados de la parte actora (dr C letrado parte demandado).
Mi pregunta seria si dicho razonamiento anterior es correcto, en caso de ser asi si corresponde recurso de apelación y por ultimo si corresponde que dicha homologación sea notificada via cédula.
gracias