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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #700776  por varelamariac
 
Hola tengo una señora a la que tengo que jubiolar por discapacidad, hace unos años le presentaron una moratoria para comprar los años que le faltaban, el tema es quemi gran duda es que hay que hacer con esa moratoria que tiene y le faltan pagar 8 meses, hay que darla de baja y hacer un sicam nuevo, ? se puede no teniendola toda paga o hay que pagarla primero y despues darla de baja?.
Gracias!!!!!!!!!!!
 #700782  por hugo2
 
varelamariac escribió:Hola tengo una señora a la que tengo que jubiolar por discapacidad, hace unos años le presentaron una moratoria para comprar los años que le faltaban, el tema es quemi gran duda es que hay que hacer con esa moratoria que tiene y le faltan pagar 8 meses, hay que darla de baja y hacer un sicam nuevo, ? se puede no teniendola toda paga o hay que pagarla primero y despues darla de baja?.
Gracias!!!!!!!!!!!
varelamariac pareces una principiante, esa pregunta no la podes hacer vos.
 #700795  por hugo2
 
varelamariac escribió:No te contesto porque no tengo un buen dia , !!!!!!!
Cuando tengas un buen dia charlamos de nuevo.
 #700807  por TOM08
 
no se si te servirá , pero los casos que yo tuve de moratorias previas a jubilarse, luego de que terminan de pagar, desbloqueas el sicam y haces una nueva liquidación, la deuda no te da cero, tenes que acompañar los comprobantes de pagos e incorporar los periodos que compraste en la moratoria en la nueva situación de revista. Yo pagaría los meses que le quedan previa a hacer todo esto. espero sirva de algo saludos
 #700819  por arielruiz86
 
Jajaja, este post es muy gracioso y ocurrente.......pero las repuestas son mas que profesionales (sea quien sea).
No se aclara que moratoria se le hizo, si por la ley 24476 (parece que fue este) o un plan mis facilidades.
 #700864  por arielruiz86
 
Si con esa moratoria ley 24476 se compro o regularizo los años necesarios para acceder al beneficio previsional se puede presentarlo hoy asi como esta y las cuotas restantes que faltan pagar se lo descontaran de la misma jubilacion o pension que va a cobrar, como las mayorias de las amas de casa. Ahora, si resulta que falta comprar años con aportes por el motivo que fuese se pude pedir la baja del plan y reformularlo y los pagos echos quedan como pago a cuenta de la nueva deuda determinada.
 #700885  por lilita09
 
arielruiz86 escribió:Si con esa moratoria ley 24476 se compro o regularizo los años necesarios para acceder al beneficio previsional se puede presentarlo hoy asi como esta y las cuotas restantes que faltan pagar se lo descontaran de la misma jubilacion o pension que va a cobrar, como las mayorias de las amas de casa. Ahora, si resulta que falta comprar años con aportes por el motivo que fuese se pude pedir la baja del plan y reformularlo y los pagos echos quedan como pago a cuenta de la nueva deuda determinada.
Pero es un RTI si se compro por moratoria para lograr alcanzar la regularidad que la misma requiere debe pagar la totalidad de las cuotas o :roll: :roll: :roll:
PD: Hugooo nuestra compañerita Varela siempre es una adolescente con dudas y con miedos o nunca leyo sus post :mrgreen: Varelaaaa no te enojes saluditos de tu compañerita Lilita :P
 #701024  por varelamariac
 
LA PERSONA HACE 20 AÑOS QUE TRABAJA EN UNA PORTERIA LE FALTAN 10 PARA JUBI Y UNA ABOGADA LA PUSO EN UNA MORATORIA PARA COMPRAR AÑOS!!!!!!!!ANTES DE QUE SE ENFERME!!!!
 #701035  por arielruiz86
 
lilita09 escribió:
arielruiz86 escribió:Si con esa moratoria ley 24476 se compro o regularizo los años necesarios para acceder al beneficio previsional se puede presentarlo hoy asi como esta y las cuotas restantes que faltan pagar se lo descontaran de la misma jubilacion o pension que va a cobrar, como las mayorias de las amas de casa. Ahora, si resulta que falta comprar años con aportes por el motivo que fuese se pude pedir la baja del plan y reformularlo y los pagos echos quedan como pago a cuenta de la nueva deuda determinada.
Pero es un RTI si se compro por moratoria para lograr alcanzar la regularidad que la misma requiere debe pagar la totalidad de las cuotas o :roll: :roll: :roll:
PD: Hugooo nuestra compañerita Varela siempre es una adolescente con dudas y con miedos o nunca leyo sus post :mrgreen: Varelaaaa no te enojes saluditos de tu compañerita Lilita :P
No, estabamos suponiendo que se le habia comprado los 30 o 15 años para adquirir algunas de regularidad, pero no la regularidad de los 30/36 o 18/36 porque bien sabemos que estas ultimas no se compran. Entonces no es necesario pagar la totalidad de las cuotas.
Lo que no nos aclara varelamariac es que regularidad tiene hoy por hoy esta sra?
 #701038  por arielruiz86
 
Ha bien, entonces tiene la regularidad de los 30/36, y yo entiendo que no debes hacer ningun sicam ni reformularlo, pero si seguir pagando las cuotas de la moratoria acogida (aunque no le serviriran ahora pero tal vez le sirva despues).
 #701042  por juprevi
 
Hola, a ver si entendi bien, esta con licencia por enfermedad en un trabajo en el que esta hace 20 años? para una rti no necesitas usar ahora la moratoria, la regularidad te la da la relaccion de dependencia, presentala asi,y que termine de pagar la moratoria , si el dictamen medico no es favorable la usara para la jubilacion