Hola queria hacerles una pregunta. Yo inicie ejecucion de honorarios de un perito contador pero sin intimar (en capital
). Resulta que como habia una supuesta denuncia de concurso, me pidieron un oficio y ahora quedo demostrado que es un credito post concursal. Pido que se provea la ejecucion y me dicen que previamente tengo que intimar. Para eso perdi 1 año de intereses porque en vez de decirme lo de la intimacion primero me hacen diligenciar el oficio y pierdo 1 año. Para mi no hay que intimar. Yo notifique la regulacion y quedo firme, ya lo deben!!!! Que opinan? Mañana me estaria venciendo para plantear una revocatoria.
Gracias a quien pueda ayudarme!!!!
). Resulta que como habia una supuesta denuncia de concurso, me pidieron un oficio y ahora quedo demostrado que es un credito post concursal. Pido que se provea la ejecucion y me dicen que previamente tengo que intimar. Para eso perdi 1 año de intereses porque en vez de decirme lo de la intimacion primero me hacen diligenciar el oficio y pierdo 1 año. Para mi no hay que intimar. Yo notifique la regulacion y quedo firme, ya lo deben!!!! Que opinan? Mañana me estaria venciendo para plantear una revocatoria.
Gracias a quien pueda ayudarme!!!!