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  • DUDA HONORARIOS (convenio,cuota litis, regulacion)

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #700226  por chinis
 
Hola a todos, ante todo aclaro que tengo matricula desde el martes pasado..soy nuevita en la profesion. Por las dudas aclaro jajaj..Mi duda es por el tema honorarios, estuve leyendo al respecto pero no me termina de quedar claro el tema del cobro..la pregunta es..La posibilidad de cobrarlos es a traves de un convenio de honorarios, regulacion de honorarios por la labor desarrollada y cuotalitis..pero es excluyente? Quiero decir.. Una vez que cobro el convenio..Ya no se le cobra nada mas al cliente no? Mas alla de lo que regule el Juzgado.. Ayuda!! Si alguno conoce bibliografia buena del tema que me pase el dato..Desde ya muchas gracias a todos los que nos ayudan a dar los primeros pasos..
 #700312  por kantaclaro
 
El tema de honorarios es ríspido y complejo.
Vaya mi aporte en el sentido que, si bien al principio uno cree que "cobrando barato" se va a hacer de clientes, esto es un error.
Si bien "no hay que matarlos", uno debe valorar su trabajo y el esfuerzo en alcanzar el título; sabiendo que lo que se cobra no es "por escribir 3 líneas en un papel" sino POR SABER QUE ESCRIBIR.
De todas maneras uno puede expectar sus honorarios a lo que regule el juez o realizar un convenio (pacto de "cuota litis") con el cliente.
Esto segundo será excluyente respecto de nuestro cliente, pero no si las costas son cargadas a la contraparte (es decir puedo cobrar lo convenido con mi cliente + lo que me pague la otra parte).
De todas maneras, NUNCA tomes un caso sin acordar y recibir un adelanto a cuenta de honorarios y las costas judiciales.
Hay mucha "tela para cortar", pero no quiero abrumarte. Suerte y a tu disposición.
chinis escribió:Hola a todos, ante todo aclaro que tengo matricula desde el martes pasado..soy nuevita en la profesion. Por las dudas aclaro jajaj..Mi duda es por el tema honorarios, estuve leyendo al respecto pero no me termina de quedar claro el tema del cobro..la pregunta es..La posibilidad de cobrarlos es a traves de un convenio de honorarios, regulacion de honorarios por la labor desarrollada y cuotalitis..pero es excluyente? Quiero decir.. Una vez que cobro el convenio..Ya no se le cobra nada mas al cliente no? Mas alla de lo que regule el Juzgado.. Ayuda!! Si alguno conoce bibliografia buena del tema que me pase el dato..Desde ya muchas gracias a todos los que nos ayudan a dar los primeros pasos..
 #700346  por chinis
 
Muuchas gracias..Estuve observando que es un tema complejo y con muchas variantes, igual lo que me decis me ayuda mucho y me deja mas tranquila..Porque entonces no estaba tan desacertada. Saludos.
 #700682  por diegogvillamayor
 
lo que te dice el colega esta bien, igual te diferencio dos cuestiones, pacto de cuota litis es cuando vos en el pacto vas a % de lo que cobre el clietne, por ejemplo 20 % en un laboral, y convenio de honorarios es una suma fija por ejemplo $ 5000, tene en cuenta este tema, porque por ejemplo en temas de familia como aliementos no podes hacer pacto sino convenio.
Igual como te dijeron si vos pactas algo con tu cliente a el le cobras eso y listo, y si cuando regulan sale condenado en costas el vencido le podes cobrar lo regulado a este.
A su vez el convenio o pacto lo podes homologar judicialmente en el mismo expediente.

Saludos.