Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Cobro de Alquileres

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #698560  por virdelamerced
 
Hola a todos, somos dos abogadas recién recibidas y tenemos un nuevo cliente y obviamente muchas dudas.
El tema es así, se trata de un contrato de alquiler el cual se prorrogó dos veces, el mismo terminó en noviembre de 2010. El inquilino ocupo el inmueble hasta febrero de 2011 sin pagar los alquileres, ni las expensas, ni los servicio. En febrero dejó el mismo y se firmó un convenio con la locadora por las deudas pero por un monto menos al realmente debido.
La consulta sería si tenemos que intimar mediante carta documento al pago de los alquileres debidos mas expensas y servicios o tenemos que intimar solamente al pago del convenio firmado
Además tenemos dudas ya que el contrato estaba vencido. Aclaramos que el inquilino es abogado para que lo tengan en cuenta.
Muchas gracias a todos!
 #698618  por emil2
 
Qué tal. En principio habría que ver que dice el convenio en cuanto a las cláusulas y no se si podrías transcribirlo en el foro, ya sea por la extensión o por otras circunstancias. Porque intimar, en sí podès intimar por todo pero llegado el caso del juicio el demandado te puede oponer la excepción de transacción con ese convenio, lo que, según la redacción del mismo puede quedar el monto limitado a ese pero habrìa que ver si conforme lo redactado queda avierta la vía para reclamar màs. No creo que siendo abogado la contraparte no haya tomado recaudos para hacer poner alguna cláusula como : No teniendo más nada que reclamar o algo que signifique eso. Pero reitero, la intimación la podés hacer por el total. y, ahora , si van a juicio reclamando el total y el tipo opone esa defensa que te dije antes, más otras cosas que pondrá, pero en definitiva se excepciona con la transacción, el tema está que pueden ganar parcialmente la demanda y las costas en lugar de pagarlas la contraria, serían soportadas en cierto porcentaje por ambas partes.
 #699253  por virdelamerced
 
Muchas gracias por la respuesta

Aunque el contrato estuviera vencido se le puede reclamar los meses q ocupo el inmueble, verdad?

Gracias nuevamente
 #699391  por emil2
 
Sì los meses que ocupò el inmueble se le puede cobrar. Habrìa que ver cuando lo devolviò si se le firmó entrega de llaves, etc.Pero aún vencido el contrato acreditada la ocupación posterior del inmueble, los alquileres siguen corriendo , según creo interpretar el art 1622 C.C.
 #702427  por virdelamerced
 
Gracias por la respuesta!

La última consulta es si debemos tambien poner el pago de los honorarios y gastos o costas en la carta documento, y cuanto es mas o menos ese importe.

Gracias a todos
 #703134  por emil2
 
CONSIDERO QUE EN LA CARTA DOCUMENTO TENDRÍAS QUE PONER TODOS LOS CONCEPTOS POSIBLES, SUMA ADEUDADA, INTERESES MÁS COSTO DE LA PRESENTE INTERPELACIÓN Y HONORARIOS EXTRAJUDICIALES O JUDICIALES A QUE HUBIERE LUGAR (SIN PONER EL IMPORTE TOTAL DE ÉSTOS ÚLTIMOS)BAJO APERCIBIMIENTO DE EJERCER LAS PERTINENTES ACCIONES LEGALES´

QUEDA UD. DEBIDAMENTE NOTIFICADO
 #751404  por virdelamerced
 
Una consulta mas... El contrato de locación esta certificado por escribano por lo que creo entonces q no e debe preparar la via ejecutiva, ya que el mismo es ejutable por si solo. Estoy equivocada¿¿
alguien tiene algun modelo?¿
Gracias!