LEANDRODORNA escribió:Hola chicos poseo un cliente que tiene multas del 2007 y 2009 y como creia prescriben a los 2 años pero muchos dicen a los 5. la verdad me dejaron dudas, y ademas de ello no prescriben automaticamente ya que figuran en la pagina de faltas como deberia notificar su prescripcion gracias!!!!
En Capital Federal (CABA) la normativa al respecto dice lo siguiente:
Prescripción de las sanciones
De acuerdo a lo regido por la Ley 451, la prescripción de la acción por faltas opera a los dos años, contados desde la fecha de la infracción, salvo que hubiera mediado notificación fehaciente del imputado en cuyo caso el plazo de prescripción se computa desde dicha fecha. No obstante ello, dicho procedimiento no opera de pleno derecho por lo que deberá solicitar la prescripción ante un Controlador Administrativo de Faltas solicitando turno telefónicamente al 147 o a través de la página web (
www.buenosaires.gov.ar)
Suerte