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  • PERICIA TASACION DE INMUEBLE

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #702543  por ISABEL5
 
Hola! tengo fecha para una pericia de valuacion de un inmueble. Se ordeno notificar a ambas partes de la fecha en q se realizará la misma. Es porque pueden asistir ambas? si es así, obviamente acompañaré a mi cliente, pero... que facultades tiene mi parte? Se trata de una liquidación de la soc cgal en Pcia de Bs As.
Saludos y gracias
 #702918  por mlujang
 
hola, si pueden concurrir las dos partes, en el momento en que se realice la pericia no va a poder hacer nada, simplemente observar como se lleva acabo y hacer alguna observacion al perito si se da cuenta que omite algo, ej, si en el inmueble hay construcciones que se realizaron luego de la separacion y lo construyo alguno de los conyuges con su solo esfuerzo, decirle para que lo aclare, o por ej, si el inmueble esta en una zona considerada roja y a el le interesa bajar el precio tambien puede aclararlo para que se tenga en cuenta...pero luego de realizada si vos concentiste que se realizara la pericia, tenes un plazo (que no se cual sera en Buenos aires, yo estoy en Rosario) para impugnarla si no estas de acuerdo con el monto de la tasacion o algun punto de la pericia...saludos