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  • NOTIFICACION EMBARGO

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #702204  por SABRIN
 
LES HAGO UNA CONSULTA ESTOY HACIENDO UNA EJECUCION DE HONORARIOS DONDE PEDI EMBARGO DE HABERES, YA DILIGENCIE EL OFICIO DE EMBARGO, AHORA DEBERIA ESPERAR QUE LA EMPRESA DEPOSITE EL DINERO EN UNA CUENTA DE AUTOS Y LUEGO NOTIFICAR AL DEMANDADO. MI DUDA ES COMO ME ENTERO DEL DEPOSITO Y CUANDO NOTIFICO AL DEMANDADO?
GRACIAS
 #703692  por diegogvillamayor
 
si hubieses tenido la cuenta abierta con el oficio de embargo denuncias la cuenta, como no lo tenias, en el primer deposito la emrpesa es quien hace la apertura de la cuenta. Y en teoria debe acreditar en el expt lo que deposita, asi que una vez que diligencies el oficio de embargo llama a la empresa y pedi hablar con legales o con el dpto contable para ver cuando hacen el deposito judicial-
Luego del embargo haces el mandamiento de pago, pero n o se que dice el despacho donde te dan el embargo..............

saludos.
 #704520  por SABRIN
 
Gracias Diego, me quedo mas claro. el despacho ordena que una vez trabado el embargo notifique al ejecutado del embargo y de los 5 dias para oponer excepciones no lo tengo a mano pero mas o menos asi, yo entiendo que es por cedula