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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #70211  por magda
 
Antes que nada hola a todos, la verdad hace rato que no entraba y estoy medio desactualizada, por eso la consulta, tengo una muher de que nacio el 06/11/1946 y tiene aportados en relacion de dependencia del 01/01/1970-31/05/1970 y del 01/01/1971 al 31/12/1972. Mi consulta es que segun mis calculo no le alcanza para hacer una juiblacion solo por la ley 25.994, y segun lo que te entendido el tema del sdm no era seguro que despues no se lo fueran a reclamar. Sigue siendo asi o cambiaron las cosas???.
Saludos y Gracias

 #70214  por MARIMO
 
Hola Magda:

Me alegra tenerte nuevamente.
En este momento la moratoria vigente es la 24476, con la que podès comprar hasta 9/93. Y según la fecha de naciminto de tu cliente te faltarìa unos pocos meses para completar los 30 años.
El pago del Servicio Domèstico es lo que se està utilizando en este momento para completar los aportes, y el temor de que te los reclamen es cuando no se pagan los intereses .

saludos

 #70281  por magda
 
MARIMO escribió:Hola Magda:

Me alegra tenerte nuevamente.
En este momento la moratoria vigente es la 24476, con la que podès comprar hasta 9/93. Y según la fecha de naciminto de tu cliente te faltarìa unos pocos meses para completar los 30 años.
El pago del Servicio Domèstico es lo que se està utilizando en este momento para completar los aportes, y el temor de que te los reclamen es cuando no se pagan los intereses .

saludos
Hola Marimo gracias por tu respuesta, lo de la ley 24476 lo tenia presente, solo que me equivoque al escribir. Ahora lo que no te entendi es el tema del Sdm, y los interes, nunca hice una jubi asi, porque lo que me habian informado es que no le podes dar garantia a las personas que el dia de mañana no le reclamen los intereses. Según mis calculos a esta persona le estarian faltando 8 meses nada mas, como se haria en ese caso el sdm y mi mayor dudas es seguro????
Desde ya muchas gracias

 #70287  por juanci
 
magda escribió:
MARIMO escribió:Hola Magda:

Me alegra tenerte nuevamente.
En este momento la moratoria vigente es la 24476, con la que podès comprar hasta 9/93. Y según la fecha de naciminto de tu cliente te faltarìa unos pocos meses para completar los 30 años.
El pago del Servicio Domèstico es lo que se està utilizando en este momento para completar los aportes, y el temor de que te los reclamen es cuando no se pagan los intereses .

saludos
Hola Marimo gracias por tu respuesta, lo de la ley 24476 lo tenia presente, solo que me equivoque al escribir. Ahora lo que no te entendi es el tema del Sdm, y los interes, nunca hice una jubi asi, porque lo que me habian informado es que no le podes dar garantia a las personas que el dia de mañana no le reclamen los intereses. Según mis calculos a esta persona le estarian faltando 8 meses nada mas, como se haria en ese caso el sdm y mi mayor dudas es seguro????
Desde ya muchas gracias
Con tantas jubilaciones con SDM que se han hecho y se siguen haciendo, es seguro que algun dia la AFIP va a reclamar el pago de los intereses, pero tenes que aprovechar el momento y jubilar ahora que tiene vigencia la 24476. Ya que si esperas por el paso del tiempo para aprovechar el exceso de edad, te podes encontrar que la Ley no rige mas. Estamos en Argentina no te olvides. Aparte vi por ahi que salio un instructivo de Anses que dice que se tienen que recibir las jubilaciones y que no es competencia de ellos el pago de los intereses.

 #70383  por MARIMO
 
Hola Magda:
Te copié el aporte de magyas, a quien agradecemos, porque nos es de utilidad a todos:

´¨
¨Adherir a moratoria ley 24476.
-Por los períodos faltantes -previa deducción del art. 19º- hasta completar los 30 años de servicios pagar SDM. Para esto: Confeccionar f.102:
CUIL del Trabajador
Período
Una cruz en 16 horas o mas
Importe de la obligación:
desde 04/00 a 01/06: $ 55
desde 02/06 a la fecha. $ 59,44 –
Un F 102 por período de SDM que se necesite. Estar atento a que en el ticket que emite el banco figure bien el período que se paga. Se puede abonar junto con esto el 799/E del SIcam.
Entre 4 días a una semana chequear la web de ANSES en Historia laboral, los períodos deben figurar como Razón Social No Registrada.
Pedir Turno: Va como mixto. En la parte referente a R Dependencia poner como empleador Razón Social No Registrada o SDM o un nombre que quieran poner de algún fallecido o algún voluntario y en documental "los datos surgen del SIJyP".

Turno:
Llevar SICAM.
Form. Acept. de dto. de Cuotas.
Anexo II de la resolución 10/07.
Servicios Prestación Previsional. En historia Previsional poner los períodos autónomos y en los períodos de SDM colocar SDM o Servicio Doméstico.
También puede ser la Historia Laboral de WEB
(Algunas UDAI piden No más pruebas -ver formulario al final- para la 980/05)

Consejo: Solicitar que adjunten al expediente fotocopias de F102 y ticket de pago de SDM
Verificar con el Iniciador que en SIJyP figuren los meses pagados y no solo la fecha de pago.

Observaciones: Si se toman los períodos 2000/01 si bien el monto de intereses que puede reclamar AFIP es mas alto nos permite tomar 4 años de art. 3º y con esto lograr que el monto de la 2º cuota de SICAM no supere $ 360,00.-
´¨

saludos