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  • dh, y después?

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 #701945  por sivinasosa
 
hola chicos inicié una sucesión de la cual ya tengo la declaratoria, los herederos quieren vender el inmueble, tengo que pedir el exp para hacer la venta x escribano x tracto abreviado? , debo presentar escrito alguno? si me orientan se los re agradezco, saludos
 #701948  por Squonk
 
No se en que jurisdiccion tenes la sucesion, pero en cualquier caso, luego de la declaratoria tenes que obtener la orden de incripcion de los bienes a nombre de los herederos declarados.
Pagar tasa de justicia, acompañar certificados de dominio e inhibiciones del causante, etc.
Saludos cordiales
 #704288  por Abogada1129
 
Hola sivinasosa, con la D.H. tenés dos opciones, 1) Si la vas a inscribir vos tenés que denunciar los bienes en el expediente para su posterior inscripción; 2) -- si ya se va a efectuar la venta.. la misma se puede realizar por tracto abreviado (la dh. se va a inscribir conjuntamente con la escritura de venta y el trámite está en manos del escribano).
Si es por tracto abreviado, vos como abogada no tenés que denunciar nada en el expediente.

Un saludo *suerte*
 #704300  por Squonk
 
Lamento discrepar con la colega preopinante.
En cualquiera de los casos, inclusive en el tracto abreviado, es necesario obtener la orden de incripcion de los bienes y para ello hay que pagar tasa de justicia, acompañar certificados de dominio e inhibiciones del causante, etc.
Ningun escribano va a hacer el tracto abreviado si no pagaste la tasa de justicia ni tenes la orden de inscripcion.
Saludos cordiales
 #704512  por Abogada1129
 
sivinasosa: En ningún momento dije que el escribano tiene que pagar la tasa, s/tasa, pedir los informes pertinentes, además es necesario que los honorarios profesionales del abogado se den por percibidos en el expediente, que se designe el escribano que va a actuar (si es que ya está designado) y además.... necesita el auto que ordena la inscripción como lógica consecuencia para poder inscribir.

Lo que el escribano va a hacer, si se realizas la venta por tracto abreviado, es la inscripción de la DH conjuntamente con la escritura de venta.

Las dos formas que indiqué fueron estas.!!
Lo que no vas a percibir son los honorarios por la inscripción de la DH.. ( en el caso de que la venta se realice por TRACTO ABREVIADO) y en este caso el abogado no debe denunciar "absolutamente nada en el expediente, solo llegar hasta el punto indicado en el primer párrafo del presente.

Si la venta va por tracto, el escribano tomará en préstamo el expediente sucesorio, o pedirá tu colaboración para que se lo acerques.. y fotocopiará las partes pertinentes a efectos de confeccionar la escritura.

Puede ser que se haya interpretado erróneamente mi respuesta...
Saludos
 #704513  por Abogada1129
 
squonk, en mi respuesta a la colega en todo momento me referí a "inscripción de la Declaratoria de herederos"... No a otra cuestión.
Quizás no se interpretó correctamente.
Saludos.
 #704569  por Squonk
 
Estimada Abogada 1129:
Todo bien, no te hagas problema
Me pareció que no estaba claro que debía previamente realizar los tramites para conseguir la orden de inscripción y a partir de allí, podría hacer lo que quisiese.(tracto abreviado, etc.)
Saludos cordiales
 #704846  por martinhm77
 
DH ----> DENUNCIA DEL BIEN ----> PAGO DE IMPUESTOS DE LA SUCESION ----> ORDEN PARA TRANSFERIR POR TRACTO.... ---> EXPTE AL ESCRIBANO PARA QUE HAGA LA ESCRITURA
Saludos cordiales
 #705266  por Squonk
 
Gracias, ya había quedado claro
 #714368  por juana007
 
hola chicos...yo estoy en la misma...con la siguiente diferencia..
tengo dos declaratorias paralelas que esta por salir sentencia...
estas dos personas, mas una mas, son propietarias de un inmueble..
el inmueble va a ser vendido apenas se pueda..ya tengo comprador

mi pregunta...en cual de las dos declaratorias denuncio el bien?? o en las dos?? o en la ultima en fallecer?? y la otra como la cierro??

por otro lado, y volviendo al tracto abreviado, tenganme paciencia porq como nunca lo hice, no entendi del todo lo que dijeron:

santa fe...tengo sentencia de dh...denuncio el bien/vista a caja forense/pido regulacion honorarios/vista a caja forense
hasta ahi se que es asi..pero despues...como es bien el tracto abreviado?? por lo que pusieron lo hace un escribano...pero en el expediente que escrito hago yo?? o directamente tengo q adjuntar la escritura de venta y despues pedir q se oficie al registro?? quien me asesora amablemente??
 #714530  por Tofee
 
Hola Juana,
Te explico que es tracto abreviado: en una sucesión común una vez que se dictó DH, vos pedís que se ordene la inscripción del inmueble a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad. Luego si es que ellos quieren venderlo, deben escriturar firmando todos como condóminos pues ya está inscripto a su nombre.
Cuando ya tenés un comprador antes de la inscripción, informas esta situación al juzgado, solicitando se proceda a la escrituración por "tracto abreviado", así se ecritura directamente en forma "abreviada" a nombre del comprador sin inscribir previamente el inmueble a nombre de los herederos.
En este mismo post, otros colegas ya han explicado en detalle como son los pasos a seguir.

Saludos, *flor*
 #714768  por juana007
 
te agradezco mucho! me agarran las dudas todas de golpe antes de ingresar une escritoo!!
 #795589  por yolola
 
yo en una sucesion de 4 herederos presente acuerdo de bienes luego de la declaratoria mediante el cual todos prestan conformidad de ceder su parte indivisa del único inmueble a uno de los herederos. Con esto, solicite reg honorarios, pague tasa, sobre tasa e iibb todo listo, sale la orden de inscripcion en el registro de la propiedad inmueble.

hago testimonio y oficio (con la declaratoria de herederos y el acuerdo de los mismos) y el formulario que me adjuntan en el juzgado para la inscripcion en el registro dice "se ordena a fs... la siguiente medida inscripcion de declaratoria de herederos" sobre el inmueble....

con esto no me queda claro si inscribo solamente la DDHH y a su vez luego tengo que ir a un escribano para que inscriba a nombre del heredero que se acuerda en el expediente mismo que quede como unico titular del bien????

por favor les solicito ayuda!
 #821711  por juana007
 
por lo que entiendo que decis...te sale la inscripcion a nombre de la persona que se va a quedar con el bien. entonces lo inscribis directamente, no necesitas llevarle nada al escribano porque esa persona no va a vender! saludos!