Trabajo en el Chaco, en una SA con capital accionario mayoritario del estado provincial. Mi relación laboral con la SA se rige por la LCT (no soy empleado público). Llevo tengo más de 20 años de aportes a la ANSES. Mi pregunta es la siguiente: ¿Puede la SA llevar mis aportes jubilatorios de la ANSES a la caja de previsión provincial, sin ninguna disposición que la habilite? ¿Es viable un recurso administrativo ante la ANSES para que ésta impida el traspaso de mis aportes? ¿Es viable una demanda ante la justicia ordinaria por la lesión a un derecho en expectativa (derecho a jubilarme en las condiciones más favorables)?
Si bien las prestaciones jubilatorias en la provincia son más favorables, a los empleados con más de 20 años de aportes a la ANSES el cambio podría perjudicarnos.
Si bien las prestaciones jubilatorias en la provincia son más favorables, a los empleados con más de 20 años de aportes a la ANSES el cambio podría perjudicarnos.
