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 #705134  por genesis2011
 
Estimados , tengo el siguiente caso espero sugerencia.
vino una señora comentandome que hace años firmo un pagare en blanco la llamaron reocnocio la forma pero .... ... el mismo establece suma un mil docientos sesenta y cinco dolares estadounidence.... lo que se reclama segun mandamiento es $4937,29 mas $24868,65 interes costas... el pagare FECHA 10 febrero 2010.
el 27/07/2010 le llelga em mandamiento el escrito y el oficio del embargo.
a partir del 06/092010 hasta ahora le vienen descontando de $723 a $883 pesos haciendose un total de $5581 le falta poco para cancelar todo .

el tema es que el 20/04/2011 volvio a recibr nuevamente todo el mandamiento... excpeto el oficio de embargo. vino re deseperada ...
que es lo que debo hacer espero a que dos meses mas le cancelen el total.
espero sugerencias y orientacion . ya que cuesta cuando uno se inicia solo.
saludos Nqn
 #708736  por marlop
 
Genesis2011: estuve trabajando un tiempo con juicios ejecutivos, leyendo el caso que se te presentó me quedan algunas dudas:
1. Porque recibió un segundo mandamiento de intimación de pago ? es del mismo juicio?
2.Por lo que mencionas, tiene embargo de sueldo; ahora, por que acompañaron el oficio de embargo al mandamiento de intimación de pago.
3. El expediente tiene sentencia? de ser así, es probable que el actor haya practicado liquidación y el segundo mandamiento recibido tenga que ver con la actualización de intereses, pero no entiendo porque se libra nuevo mandamiento.-

Tendrías que ver el expediente y ver el auto que ordenan la nueva intimación ( y ver porque se libró nuevo mandamiento).-

En los juicios ejecutivos, por cobro de pagaré gralmente se siguen los siguientes pasos.

1. 1º auto que ordena la intimación de pago, y la medida cautelar solicitada ( que en tu caso entiendo es embargo de sueldo)

2.En el mismo momento que se libra el mandamiento de intimación de pago, gralmente se libra también el oficio de embargo de haberes que va dirigido al empleador ( por ello no entiendo porque acompañaron copia del mismo en el primer mandamiento)

3. Si dentro de los 5 días el demandado no opone excepciones, se dicta sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución. Si el demandado tampoco se presente en el expediente se tiene por constituido su domicilio en los estrados del juzgado.

4. Una vez firme la sentencia, el actor practicará liquidación. Aprobada la misma va a pedir ampliación del embargo por la diferencia entre los montos del 1º Auto y el monto arrojado por la liquidación. Por tal diferencia se libra oficio de embargo ampliatorio que recibe el empleador para continuar con la retención de haberes.

5. Dependendo el juzgado en que tramite el expediente, previo a que el actor pueda retirar suma alguna del expediente, se debe citar de venta al demandado ( en la mayoria de los juzg comerciales de capital federal no exigen citacion de venta y se puede retirar sin mas). Esta citación de venta se hace por medio de cédula de notificación.

Muchos profesionales, suelen confundir esta citación de venta con una nueva intimación e intiman de venta por medio de mandamiento de intimación de pago, tal vez por ello tu cliente recibio un nuevo mandamiento.

Espero haberte aclarado alguna de tus inquietudes.-

De todas formas te recomiendo que no esperes a que el juicio termine por la conclusión del embargo de haberes.
Sería conveniente que llames al abogado del actor para tratar de arreglar por el saldo que resta embargar y/o percibir.
Si el juicio es por una deuda con el sector bancario, los estudios encargado de ejecutar estas deudas buscan arreglar los juicios fuera del expediente porque así ellos pueden cobrar honorarios mas altos.-

Un saludo, y suerte con el caso.