les hago una consulta en un alimentos el demandado recide en pcia. de chaco, la demanda la notifico por cedula ley 22.172 que va directamenta a la oficina de notificaciones de chaco no? y el oficio a la empresa para que informe cuanto gana, etc, que tambien tiene domicilio en extraña jurisdiccion, es por oficio ley y va directo a la empresa o deben pasar por juez local? Gracias