Circular ANSeS GP 28/11 – Subsidio de Contención Familiar
Se deja sin efecto el mecanismo a través del Correo Argentino de inicio de la gestión del Subsidio de Contención Familiar:
A partir del 04/05/2011, se da de baja la alternativa de iniciar la gestión del Subsidio de Contención Familiar a través del Correo Argentino. A los efectos de realizar su tramitación, aprobación de derecho y puesta al pago, se deberán realizar indefectiblemente ante la ANSeS. Ingresando la solicitud por el portal de ANSES. Quedando a cargo de la UDAI asignada la aprobación del derecho y la puesta al pago.
Las solicitudes formuladas ante el Correo Argentino con anterioridad a la fecha mencionada, se resolverán con la metodología anterior. Es decir con intervención de la UDAT para su aprobación y puesta al pago.
Se deja sin efecto el mecanismo a través del Correo Argentino de inicio de la gestión del Subsidio de Contención Familiar:
A partir del 04/05/2011, se da de baja la alternativa de iniciar la gestión del Subsidio de Contención Familiar a través del Correo Argentino. A los efectos de realizar su tramitación, aprobación de derecho y puesta al pago, se deberán realizar indefectiblemente ante la ANSeS. Ingresando la solicitud por el portal de ANSES. Quedando a cargo de la UDAI asignada la aprobación del derecho y la puesta al pago.
Las solicitudes formuladas ante el Correo Argentino con anterioridad a la fecha mencionada, se resolverán con la metodología anterior. Es decir con intervención de la UDAT para su aprobación y puesta al pago.
