Es así...poné en situación de revista el inicio del fallecido en autónomos, hasta el mes de su fallecimiento inclusive. Prescribís todo lo anterior, menos el mes del fallecimiento. Así ese mes te sale con deuda de capital e intereses que tenés que pagar..Como va por ley 18038 el sicam no se envía, y lo que tenés que llevar es los f558, el detalle de deuda, la sit de revista y el tiket de pago con el 799.
Poné en el buscador Resolución 23277 de la Carss, La Resolución 24361/09 de la Carss, y el Dictamen Gaj 18979. Yo los cite en el formulario de inicio, en la parte de OBservaciones y puse que agregaba copia. Lo mandaron a asuntos legales, volvió esta semana. Voy a ver que resuelve la udai ahora...
Acá encontré con que lo pagué:
799/E
capital. impuesto 966 concepto 019 subconcepto 019
intereses impuesto 966 concepto 019 subconcepto 051
Son dos formularios, uno por capital y otro por intereses. Y los montos los sacás del detalle de deuda, tanto del capital, como de los intereses.
espero haberte ayudado.