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  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #711235  por lapm
 
Hola a todos!,tengo una clienta que quiere comprar en Moratoria Ley 24476, los 10 años que le faltan para cumplimentar los 30 años de aportes,TIENE 54 AÑOS y esta trabajando en RDP,pero ya sabe que le van a faltar esos 10,es muy previsora la mujer! por supuesto cuando cargo el periodo en el SICAM se me pone todo rosa!!!, pero como la ley 24476 es para inscriptos y no inscriptos como este caso, entiendo no va a tener problemas.QUE OPINAN?, le hago poner plata en la moratoria, no tendra luego algun problema??? S.O.S!!!!!!!!!!!!!!

Mil gracias como siempre por su tan bienvenido aporte! y saludos a todos!
 #711244  por lilita09
 
Como estas lamp,me mato tu..........tímida consulta :lol: :lol: :lol: tenes miedito que te reten,no ? :mrgreen: bueno siempre se habla de este tema y de hecho siempre tengo consultas de gente que dice me faltan 5 años de aportes quiero empezar ahora,etc. si no estamos seguros que pasa hoy,menos sabemos que pasara mañana,saludos.
 #711252  por lauracab
 
Hola! coincido con lilita respecto a que no sabemos que puede llegar a pasar mañana pero igual creo que si armas un sicam comprándole los aportes en períodos que no se superpongan a los aportes que tiene en rr.dd y si tu cliente además de previsora es cumplidora y paga religiosamente y en tiempo las cuotas no tendrías que tener ningún problema ya que la moratoria de ley 24476 es un régimen de regularización de aportes de autónomos. Saludos
 #711260  por juprevi
 
hola, ante las mismas dudas, y varias consulta de clientes "previsores", consulto en Anses y Afip esta situacion,no sea cosa de que justo con estos clientes "re-previsores",les haga meter la pata yo, jajaja.
solucion :moratoria por años faltantes, no supespuestos a nada, PAGO DE CONTADO, e inicio inmediato de reconocimiento de servicios,seria la unica manera de quedar a salvaguarda de las proximas resoluciones,decretos,circulares,etc,etc, que surgiran en los años por venir. saludos Judith
 #711265  por eric000
 
Hola les hago una consulta una vez que compramos la moratoria al llevar el expte a la anses la anses no nos va a pedir qeu le probemos eso qeu compramos?????
 #711306  por lilita09
 
Es lo que quise decir en escuetas palabras, como dice JUPREVI no podemos pagar cuotas in eternum sin analizar el futuro,si lo hacen debe ser rápidamente y no estarás en paz mientras no tengas el RECO en tus manos,de todos modos es incierto el tema,en este caso hombres previsores valen -0
 #711426  por andrea1982
 
Bueno, convengamos que es una moratoria, y si uno paga, después no pueden venir a decirle "tus pagos no valieron nada", obvio que ANSeS podría salir a verificar. Pero también puede pagar, hacer un reconocimiento, y ahi estaría tranquila. :roll:
 #711620  por dramamita
 
lo que si me parece que tendras que hacer el calculo exacto!!!!! yo a esta hora no hago cuentas jajajajajaja......porque sin superponer autonomos con la RRDD que decis que tiene, y al tener 54 años...............no creo que puedas comprar 10 años para llegar a 30
 #711642  por eric000
 
ok entonces nosotros compramos y a alguna anses se le ocurre verificar y perdirnos reconocer nuestros servicios estamos en el horno a alguien le pidieron ya por casualidad?
 #711745  por andrea1982
 
La facultad de contralor, la tienen, pero una vez que tengas una resolución firme de la administración, es poco probable que pueda ser desvirtuada. Fijate, por ejemplo, Carman de Canton..
 #711753  por andrea1982
 
Es bueno tenerlo en cuenta, en caso de que una persona me pidiera regularizar la situación.
Me parece que lo más lógico es hacerlo por el lado del monotributo o autonomos.
Por lo cual, buscaría profesionales idóneos en el tema, como abogada, analizaría qué necesita para poder jubilarse, si puede comprar autonomos anterior a 1993, buscaría la mayor seguridad posible. Si paga con moratoria, sabemos que el pago está, pero nada obsta a que ANSeS puede controlar (es una facultad que tiene), por eso, inmediatamente, haría un reconocimiento de servicios, creo que ahi ya estaría firme la resolución.
Si no puedo comprar con moratoria, me pondría en contacto con un contador, para que le diga a la persona que es lo más conveniente, en que inscribirse, y cómo, cuanto pagar, etc.