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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #710679  por estudiodeabogada
 
colegas, una vez que obtenes sentencia en una homologación de convenio de alimentos, como procedo para que el padre que firmo en su momento no cumple, en principio supopngo que tendré que notificar la homologación , y después ejecuto por incidente, no? pedro antes de eso no debería intimar mediante cd, el pago de todo lo adeudado ? gracias
 #710817  por rkarina
 
si el convenio esta homologado tenes que presentar un escrito alli de incumplimiento y despues ejecutarlo, cd no ya que para eso hiciste el convenio.
 #711314  por Tofee
 
En Capital no es necesario abrir un incidente, en el mismo expte. tenés que acompañar liquidación por meses impagos, solicitando ejecución bajo apercibimiento de embargo.
Una vez notificada esta lilquidación, el juez ordenará el embargo de haberes.Cuando el empleador ya esté embargando, presentá una nueva liquidación ampliatoria por los 6 meses posteriores la cuál seguirá los mismos pasos.
En resumen, una vez que se consigue el embargo, se deberá ejecutar periódicamente por los nuevos vencimientos, en la medida que siga el incumplimiento del alimentante.
Espero haber sido de ayuda.

Saludos,