En dos días vence el plazo para empadronar a 250 mil autónomos
13-08-2007
Diario Clarín
ES LA CANTIDAD QUE FALTA INSCRIBIRSE SOBRE UN UNIVERSO DE 800.000 TRABAJADORES
En dos días vence el plazo para empadronar a 250 mil autónomos
Tienen que anotarse en la AFIP para entrar al nuevo régimen de aportes jubilatorios.
En las próximas 48 horas, alrededor de 250.000 trabajadores autónomos deberán empadronarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Ocurre que este miércoles 15 vence el plazo para la inscripción de los autónomos en la AFIP. Y no habrá prórroga, aseguran los funcionarios del organismo recaudador.
Sobre un universo de 800.000 autónomos, hasta el viernes pasado se habían empadronado 542.093. Por eso, hay alrededor de 250.000 trabajadores que deberán completar el trámite en estos dos días que restan.
En los últimos días se registró una ola de anotados, a razón de 6.000 por día. Pero en la AFIP esperan que en estos dos días haya un aluvión de inscripciones.
Los que estaban inscriptos y no se reempadronen antes del miércoles serán dados de baja en forma automática del padrón. Y como todo aquel que no se inscriba, si realiza alguna actividad, ésta será considerada ilegal.
Un poco más del 30% de los 542.093 empadronados corresponde a directores o socios de sociedades. Otro 25% a locadores o prestadores de servicios. Y el resto a actividades diversas (ver infografía). Según esas actividades e ingresos, el 66% se anotó en las categorías más bajas, I y II.
Como informó Clarín, en marzo el Gobierno cambió el régimen de cotización de los aportes y contribuciones de jubilación de los trabajadores autónomos activos. Y estableció que todos esos trabajadores independientes deben pagar las nuevas cuotas, empadronarse y categorizarse en función de las nuevas escalas antes del 15 de agosto.
Según esas categorías las cuotas van de 128 a 563,20 pesos mensuales. Los que realizan tareas penosas o riesgos tienen cuotas que van de 140 a 616 pesos. Los jubilados o pensionados (ley 24.241) que continúen trabajando o ingresen o reingresen en cualquier actividad autónoma pagan 108 pesos. Y los menores de 21 años, 128 pesos.
El empadronamiento se realiza por Internet, mediante Clave Fiscal, ingresando a la opción "Empadronamiento Autónomo". Una vez consignados los datos requeridos, el sistema genera una constancia de presentación (formulario 940) y la credencial para el pago (F. 1101). Los que no están inscriptos deben hacer el trámite de obtención de la CUIT y de la clave fiscal.
Los autónomos comprendidos son los que no están anotados en el Monotributo y están alcanzados por el IVA, como los directores de sociedades o los profesionales o comerciantes que superan ciertos montos de facturación anual o que, aunque facturen montos más bajos, por alguna razón deben o quieren ser inscriptos en el IVA.
Los que cancelan las cuotas por débito o tarjeta de crédito, tienen el beneficio al final de cada año del reintegro de un importe equivalente a una cuota mensual. Luego, una vez por año, pueden recategorizarse si sus ingresos fueron mayores o menores a los declarados el año anterior. La próxima recategorización es en junio de 2008.
Por pagar las cuotas, los autónomos tienen derecho a las pensiones y jubilaciones del régimen nacional del Estado o de las AFJP, según lo que elijan
13-08-2007
Diario Clarín
ES LA CANTIDAD QUE FALTA INSCRIBIRSE SOBRE UN UNIVERSO DE 800.000 TRABAJADORES
En dos días vence el plazo para empadronar a 250 mil autónomos
Tienen que anotarse en la AFIP para entrar al nuevo régimen de aportes jubilatorios.
En las próximas 48 horas, alrededor de 250.000 trabajadores autónomos deberán empadronarse ante la Administración Federal de Ingresos Públicos. Ocurre que este miércoles 15 vence el plazo para la inscripción de los autónomos en la AFIP. Y no habrá prórroga, aseguran los funcionarios del organismo recaudador.
Sobre un universo de 800.000 autónomos, hasta el viernes pasado se habían empadronado 542.093. Por eso, hay alrededor de 250.000 trabajadores que deberán completar el trámite en estos dos días que restan.
En los últimos días se registró una ola de anotados, a razón de 6.000 por día. Pero en la AFIP esperan que en estos dos días haya un aluvión de inscripciones.
Los que estaban inscriptos y no se reempadronen antes del miércoles serán dados de baja en forma automática del padrón. Y como todo aquel que no se inscriba, si realiza alguna actividad, ésta será considerada ilegal.
Un poco más del 30% de los 542.093 empadronados corresponde a directores o socios de sociedades. Otro 25% a locadores o prestadores de servicios. Y el resto a actividades diversas (ver infografía). Según esas actividades e ingresos, el 66% se anotó en las categorías más bajas, I y II.
Como informó Clarín, en marzo el Gobierno cambió el régimen de cotización de los aportes y contribuciones de jubilación de los trabajadores autónomos activos. Y estableció que todos esos trabajadores independientes deben pagar las nuevas cuotas, empadronarse y categorizarse en función de las nuevas escalas antes del 15 de agosto.
Según esas categorías las cuotas van de 128 a 563,20 pesos mensuales. Los que realizan tareas penosas o riesgos tienen cuotas que van de 140 a 616 pesos. Los jubilados o pensionados (ley 24.241) que continúen trabajando o ingresen o reingresen en cualquier actividad autónoma pagan 108 pesos. Y los menores de 21 años, 128 pesos.
El empadronamiento se realiza por Internet, mediante Clave Fiscal, ingresando a la opción "Empadronamiento Autónomo". Una vez consignados los datos requeridos, el sistema genera una constancia de presentación (formulario 940) y la credencial para el pago (F. 1101). Los que no están inscriptos deben hacer el trámite de obtención de la CUIT y de la clave fiscal.
Los autónomos comprendidos son los que no están anotados en el Monotributo y están alcanzados por el IVA, como los directores de sociedades o los profesionales o comerciantes que superan ciertos montos de facturación anual o que, aunque facturen montos más bajos, por alguna razón deben o quieren ser inscriptos en el IVA.
Los que cancelan las cuotas por débito o tarjeta de crédito, tienen el beneficio al final de cada año del reintegro de un importe equivalente a una cuota mensual. Luego, una vez por año, pueden recategorizarse si sus ingresos fueron mayores o menores a los declarados el año anterior. La próxima recategorización es en junio de 2008.
Por pagar las cuotas, los autónomos tienen derecho a las pensiones y jubilaciones del régimen nacional del Estado o de las AFJP, según lo que elijan