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  • Cuota de alimentos en mediación penal

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 #708881  por Marambio
 
Foristas:

Soy tribunalicio, así que esta no es una consulta por algún cliente o similar, sino que de pura curiosidad. El hecho es real y mi sorpresa también.

Causa por ley 13.944 -incumplimiento de los deberes de asistencia familiar- que tramita en la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la CABA. El imputado ya tiene en sede civil una cuota alimentaria fijada en $ 1.500,- que incumple por varios meses. La ex mujer formula denuncia. Una vez radicada ésta en la Fiscalía, convocan a mediación. Ambas partes comparecen a la mediación sin letrados. Celebrada la audiencia y con el consentimiento de la mediadora, llegan a un acuerdo y fijan "cuota alimentaria" (!!!) por $ 500,- mensuales. La Fiscalía archiva la causa porque las partes arribaron a un acuerdo.

Me surgen varias preguntas:

- ¿Qué onda? ¿Cómo van a fijar una cuota alimentaria en una mediación penal?
- ¿Cómo se ejecuta en caso de incumplimiento? ¿El acta de la audiencia ahora hace las veces de título ejecutorio?
- ¿Cómo influye esta "cuota" fijada en mediación en relación con la cuota fijada en sede civil? Independientemente del monto -que es mucho menor-, ¿una cuota desplaza a la otra? ¿Se cobran las dos simultáneamente? Eso parece injusto para el alimentante. ¿Se puede plantear la nulidad de ese acuerdo? Técnicamente no hubo vicios en ninguna de las partes y el acta cumple con las formalidades legales...

En fin, como verán, no entiendo nada. Hay de todo en la viña del Señor...

Saludos,
Marambio
 #708937  por Kanikama
 
Yo tb vi eso que mencionás en provincia Bs As.
Generalmente lo que hacen en las fiscalías es un "acuerdo" pero les dicen a las partes (que obviamente no lo entienden si no hay un letrado) que queda sujeto a homologación en el fuero correspondiente...
Ejemplo: si hay un juicio por alimentos tendrán que presentar ese nuevo "acuerdo" para homologarlo.
Si no hay un juicio de alimentos tienen que presentar ese como "acuerdo"...
Por lo tanto, hasta que no se HOMOLOGUE funcionaría el de $ 1500.-
De todas formas, resulta confuso porque estamos hablando del podder judicial en si... Y que esto confunde a la gente...
Tengo millones de opiniones al respecto.
Saludos.
 #709037  por Marambio
 
El tema es que en Ciudad no hay homologación por parte del Juez Civil. La única consecuencia del acuerdo de mediación es el archivo inmediato de la IPP. En caso de incumplimiento de ese acuerdo, habría que reabrir la investigación. Ahí entramos en otro debate, relacionado con si, en caso de haber pagado aunque sea una vez, el delito cesó. Porque, al tratarse de un delito en continuado, en ese caso la conducta se tornaría atípica. Entonces no sé si las fiscalías reabren la IPP y amplían el decreto -incluyendo este segundo incumplimiento- o si directamente se trata de un hecho nuevo por el que hay que formular otra denuncia.

La verdad que la 13.944 crea más líos que soluciones. Aparte, no entiendo cómo querés brindarle una salida superadora al conflicto de alimentos metiéndolo preso al tipo.

En fin, maravillas de nuestro sistema...