Buenas tardes colegas, la pregunta es la siguiente: el demandado en un juicio de divorcio por el 214 inc 1, puede presentarse luego de transcurridos los 3 años de separación de hecho, y solicitar que desea proseguir el trámite en el marco del 214 inc 2?
muchas gracias.
muchas gracias.
"La disciplina no es un fin en sí misma, sino un medio para alcanzar ese fin."