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  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #712575  por claunavarro
 
hola, mi consulta es como cumplir con lo solicitado por el juez antes de continuar con el tramite para que me otorguen las fotocopias certificadas de la sentencia de divorcio de mi clienta, el auto que lo ordena dice asi:
Previo a todo trámite cúmplase con el art. 21 de la ley arancelaria, con la ley 8480 y abónese el Jus Previsional. Con su resultado, se proveerá.-
el bono ley y el jus previsional esta claro, el problema que tengo e s que no se como acreditar lo del art 21, o solo va justificado en la boleta de aportes? y como tendria que llenarla? desde ya muchas gracias.-