QUE TAL, EN UNA PRESENTACION CONJUNTA POR ART 214 INC 2 CC, SE PUEDE MANIFESTAR SOLAMENTE QUE EXISTEN MENORES Y SUS DATOS, Y OMITIR CUALQUIER CUESTION SOBRE LA TENENCIA, REG DE VISITAS Y ALIMENTOS? Y EN ESTOS CASOS DE DIVORCIO, LOS JUZGADOS DE MATANZA, DONDE TENEMOS LA ETAPA PREVIA, SOLICITAN AUDIENCIA DE CONCILIACION O LA OMITEN Y PASA A SENTENCIA? GRACIAS.
no es necesario decir nada sobre el tema, pero es recomendable que manifiesten que hay un acuerdo privado entre partes por el tema tenencia visitas y aliementos, asi podes evitar las audiencias, sino a 1 casi siempre te llaman.
saludos.