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 #687620  por Power
 
Estimados colegas, el tema es asi, me llego una consulta de una familia amiga, preguntandome si la hija que era docente y que habia fallecido, tenia algun seguro de vida o si le correspondia algo, me trajeron un recibo de sueldo y yo no veo nada que le descuenten con respecto a algun seguro.-
Alquien sabe?? como es? o ya le paso??
Gracias
 #687856  por miletrado
 
Si trabajaba en relaciond e depencdencia no tiene seguro de vida obligatorio?

Llama al sindicato (fijate si era privada o estatal) y ahi te van a decir
 #687868  por cfg
 
Todos los trabajadores en relación en dependencia deben tener un seguro de vida que está en $ 12.000 desde enero (decreto 1567/74) monto según RESOLUCION Nº 35.333 DEL 16 SEP. 2010(MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION)
 #714158  por fugitiva
 
ese monto se aplica a lo trabajadores estatales - policias-?
 #714187  por cfg
 
El reglamento dice que se excluye sólo a los trabajadores rurales (después se los incluye con otros decretos) y a los trabajadores contratados por menos de un mes (art. 2) dictado por MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 35.333 DEL 16 SEP. 2010 (publicada B.O. 29-09-2010)
 #714213  por dramcflores
 
fugitiva. si se aplica para policía junto con otros dos seguros mas: un seguro de vida obligatorio del estado x ley 13003 (3800 pesos)y otro q es un subsidio mutual ( según orden del día interno 225 del 6/2/03)q va desde 30000 hasta 10000 dependiendo la jerarquía

espero haberte ayudado, saludos
 #714221  por felicitas22
 
gila a si tu cluenta trabaja para la orovincia si hay 1 seguro de vida obligatorio llama al consejo escolar que te vana indicar cual es !!!! soy docente en la prov de buenos aires suerte!! *flor*
 #714222  por felicitas22
 
a si tu clienta trabaja para la orovincia si hay 1 seguro de vida obligatorio llama al consejo escolar que te vana indicar cual es !!!! soy docente en la prov de buenos aires suerte!! *flor*[/quote]
se posteo mal disculpa si salio alguna barbaridad
 #714227  por felicitas22
 
leyendo lo que envie, me quiero matar , el teclado las letras no se ve bien y lo mande asi nomas sin chequear, la respuesta es que soy docente en escuela publica y si aportamos a 1 seguro de vida obligatorio deberias averiguar en el consejo escolar que le corresponde a tu clienta besos!!!!!!!!!
 #714294  por fugitiva
 
cfg escribió:El reglamento dice que se excluye sólo a los trabajadores rurales (después se los incluye con otros decretos) y a los trabajadores contratados por menos de un mes (art. 2) dictado por MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS - SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 35.333 DEL 16 SEP. 2010 (publicada B.O. 29-09-2010)
Hola.. y an te tood gracias por contestar...

Pero A Ver, para que me ubique un poco más..


Por ley 13003 - es decir por la Caja de pensiones, retiros y jubilaciones de la policia- le corresponden 3800

Por el subsidio mutual - cómo se identifica en el recibo de suledo saben?- le corresponde entre 10000 y 30000


Y los 12.000 del seguro de vida obligatorio.. a que Caja corresponden.... en el caso de la Policia estamos hablando de la Caja de Seguros SA, más conocida como "LA cAJA"?
 #714580  por dramcflores
 
hola los 12000 pesos los paga el estado, y en el recibo de sueldo lo único q figura es un descuento x seguro obligatorio nada más, q depende el descuento si esta blanqueado o no pero no es mucho lo q descuentan.
los montos son 30000 oficiales superiores y oficiales jefes y auxiliares superiores de 1ra
20000 oficiales subalternos, y suboficiales superiores, auxiliares superiores de 2da a 7ma y auxiliar de 1ra y 2da
10000 para suboficiales subalternos, agentes, cadetes y auxiliares de 3ra a 7ma

saludos cecilia
 #1122405  por danu79
 
Hola colegas, les hago una consulta. Mi clienta es hija de una persona fallecida que trabajaba para el GCBA. Esta persona estaba divorciada de su primera esposa con la que tenían dos hijos pero el desconocía la sentencia de divorcio. A su vez, vivia en concubinato con otra mujer con la que tenía cinco hijos. La concubina solicitó el seguro y sus cinco hijos la autorizaron al cobro del total. El seguro no tenía beneficiarios pero cuando advirtió que el había declarado que era casado con su primera esposa (por desconocer la sentencia de divorcio) y que tenía siete hijos y no cinco, enviaron CD informando que la primer mujer y los siete hijos debían presentar la documentación. Uno de los hijos del concubinato se comunica con mi cliente y le pide la documentación. Mi clienta y su hermano que habían sido omitidos presentan la documentación pero no pueden acreeditar el divorcio porque no tienen copia de partida de matrimonio con la nota marginal y no tienen los datos para sacarla (y su madre no se las quiere entregar). Fui a hablar al seguro y un empleado me dijo que el seguro iba a retener el 50% del monto hasta tanto se acredite el divorcio, lo que le daría derecho a los hijos a acrecer. Pero otra empleada, me dijo que como en la petición del seguro figuaraba que esta persona era soltera, el seguro se liquidaría por el total a los siete hijos. Entiendo que esto ultimo no es correcto porque si el seguro tiene conocimiento que la persona estaba casada pero no así divorciada correría el riegos de que la conyuge se pueda presentar a reclamar su parte. Esto es así? Tambien tengo una duda en relación a las proporciones. El seguro puede retener el 50% o al conyuge le correspondería la misma proporción de cada hijo? Gracias!!