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  • RETROACTIVIDAD SENTENCIA DE DIVORCIO

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #714018  por Lucero
 
Buenos dias a todos:
Tengo una consulta para hacerles.
Me acaban de dictar sentencia en un divorcio pero la disolución de la sociedad conyugal se retrotrae a la fecha de la audiencia donde asistieron ambas partes. El tema es que en el medio y previo a la celebración de la audiciencia precitada mi clienta compro un vehiculo. Puedo a través de un pedido de Aclaratoria o de algun otro recurso solicitar que la misma sea desde la interposicion de la demanda explicando las razones del caso. Además el 1306 señala los aspectos de la retroactividad. Siempre y en todos los casos es desde la notificación al demandado'?
Les aclaro que ambas partes han señalado en la audiencia encontrarse separados de hecho y sin voluntad de union desde hacia mas de tres años y ademas les aclaro que tramita en pcia, especificamente en Matanza.
Muchas gracias
 #714027  por Tofee
 
Hola Lucero, no aclarás en que términos fue planteado en divorcio.
Es un 214 inc. 2°??
Si fue así, es por presentación conjunta??

Saludos,
 #714205  por Lucero
 
Tofee escribió:Hola Lucero, no aclarás en que términos fue planteado en divorcio.
Es un 214 inc. 2°??
Si fue así, es por presentación conjunta??

Saludos,
si, perdon, por causal objetiva, 214. De todos modos lo inicia mi cliente y luego se presenta, una vez notificado su ex marido
 #714333  por estudiodeabogada
 
creoi que la retroactividads es desde el momento de la audienncia en que las paresse ponen de acuerdo, hay que ver que buso tu clienta en el cero 8, ya la el estao civil es meramente declarativo, si puso divorciada no hay problema