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  • Mediación entre persona física y persona jurídica

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 #716895  por jeanvaljean02
 
Hola, soy de Río Negro, en nuestra provincia tenemos mediación prejudicial obligatoria. La demanda que haría después es por daños y perjuicios, ahora bien, supongo que cuando la demandada es persona jurídica se cita a mediación igualmente, no? Lo pregunto porque nunca me pasó antes, supongo que si, sería el caso de las aseguradoras en los accidentes de tránsito, no?. Bueno, espero respuesta, muchas gracias
JV
 #716921  por enzo fernando costa
 
Obvio: las personas jurídicas comparecen a mediación por intermedio de sus representantes legítimos. Así, en la nueva ley 26.589 nacional, se dice en el art. 19 que..."las partes deberán comparecer personalmente, y no podrán hacerlo por apoderado, exceptuándose a las personas jurídicas (etc...)"