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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #699726  por Juana2009
 
hola chicos!
consulta, tengo un reajuste en el juzgado 3,
anses no contesto, pido rebeldia?
en el auto anticipatorio en una parte manifiesta ....vencido el plazo conferido a tal efecto ..... qeudara la causa conclusa para definitiva....
O sea, pido primero la rebeldia de la parte demandada, lo tendre que notificar y luego solicito se pase a sentencia?
gracias, a quien pueda orientarme.
saluditos!
 #700377  por Juana2009
 
hola, alguien podra orientarme, si tuvo algun caso similiar en el juzgado 3, gracias!!
 #700441  por andrea1982
 
Nosotros pedimos rebeldía solo en uno...
El hecho de que se lo declare rebelde no obsta a que puedas pedir la apertura de la causa a prueba, pero obviamente no tiene sentido, siendo que ANSeS no va a acompañar los administrativos.
Como muchas veces hemos dicho, parece que al final, pese a tener el mismo código, cada juzgado es un mundo, esperá opiniones de quienes tengan casos en dicho juzgado, porque yo soy de Rosario.
 #700489  por markello
 
Si efectivamente la demandada no presento contestación, pedis rebeldia art. 59..

En el caso que se decrete la rebeldia, soy de la opinion de solicitar puro derecho atento que no hay hechos controvertido, no obstante el bendito auto anticipatorio de braghini.

Entendemos que no corresponde conclusa en esta oportunidad ya que el auto anticipatorio refiere para el supuesto que la demandada contesta demanda. Nunca tuve rebeldia en el 3 ni el 7 asi que desconozco que determinará.

Saludos
 #700706  por Juana2009
 
gracias chicos!
mañana dejo escrito con pedido de rebeldia,
y veremos que es lo que pasa
 #701060  por gabrielrosel
 
Va a pasar, que te van a pedir copia certificada del administrativo para que quede en conclusa, eso previo que te pongan el famoso agreguese y tenga presente del j3, (copy page) *suerte*
 #701184  por ulpiano
 
Si vence el plazo pedí rebeldía. De todos modos esperá a ver si no agregan el escrito de contestación que puede estar perdido por algún lugar del 3.
 #701572  por Juana2009
 
si, hoy cuando lo deje, me dicen pero hay contestaciones para agregar, espera, ya les habia tenido bastante paciencia, hace mes y medio que habia vencido el plazo,
asi que veremos lo que sucede,
los mantengo al tanto.!
 #701592  por ulpiano
 
Yo siempre dejo el pedido de rebeldía, es la única forma de moverlos para que busquen la contestación.
 #715958  por Juana2009
 
chicos, queria contarles que la contestacion nunca aparecio, asi que despacharon mi escrito, y declararon rebeldia de Anses, ahora tengo que notificar,
luego de esto, queda en conclusa para definitiva? aclaro que ya estan acompañadas todas las copias certificadas!!
 #715970  por ulpiano
 
Que bueno. Ahora tenés que notificar la rebeldía.
 #717286  por Juana2009
 
si, buenisimo, notifico,
y cuando este firme, solicito c0nclusa para definitva? gracias.!
 #717770  por crisy
 
hola una vez q este notificada la rebeldia pedi q se dicte sentencia!! eso si la anses te va apelar la sentencia!!!! tuve asi en el 3 y en otros juzgados mas!!! tene paciencia xq tardan casi 1 año en dictar sentencia!!!!
 #717775  por dool
 
che, yo siempre recomiendo lo mismo:
pedí que el RETROACTIVO TE LO ABONENE DESDE EL MOMENTO EN QUE SE OTORGÓ EL BENEFICIO, ya que, al no contestarte la dda, no pudieron oponer la excepción del art. 82.-
el juez puede hacerte o no caso, pero con probar...
 #717851  por crisy
 
dool escribió:che, yo siempre recomiendo lo mismo:
pedí que el RETROACTIVO TE LO ABONENE DESDE EL MOMENTO EN QUE SE OTORGÓ EL BENEFICIO, ya que, al no contestarte la dda, no pudieron oponer la excepción del art. 82.-
el juez puede hacerte o no caso, pero con probar...
PERO X LO GRAL TE DAN LA DE 10 AÑOS!!!!!!!!