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  • homicidio sin pericia

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 #717826  por camposalberto81
 
Mi cliente, procesado por homicidio con arma blanca. Capital. Aún en etapa instructoria. No ordenaron pericia respecto del arma blanca (huellas) sin testimonio acerca de la posesión de la misma por parte de mi cliente.

La pido en instrucción? La pido en la oportunidad del 354 CPP? Pido alguna nulidad antes de que se eleve a juicio?

Gracias colegas. Espero ser de utilidad recíprocamente.
 #717879  por lilianasarda
 
Lapedis ahora, ya , ayer. Queres saber si las heridas del occiso se compadecen con el tipo de arma blanca signado como arma homicida, asi que te tienen que dar las fotos de las heridas periciadas y la clase de arma blanca secuestrada, si tiene restos epiteliales o hemeticos.
Fijate bien en las fotos del obductor, las heridas, fijate si el arma era de doble filo los angulos de las heridas tienen que coincidir perfecto, si era de un solo filo en un lado vas a tener el corte limpio y del otro lado la contucion. Cualquier cosa, preguntame, pero se lo decis hasta cansarte, para que cuando llegues al juicio oral si es que no lo despegas antes, ya este planteada la nulidad. Liliana.-
 #718870  por mmoreno
 
lilianasarda escribió:Lapedis ahora, ya , ayer. Queres saber si las heridas del occiso se compadecen con el tipo de arma blanca signado como arma homicida, asi que te tienen que dar las fotos de las heridas periciadas y la clase de arma blanca secuestrada, si tiene restos epiteliales o hemeticos.
Fijate bien en las fotos del obductor, las heridas, fijate si el arma era de doble filo los angulos de las heridas tienen que coincidir perfecto, si era de un solo filo en un lado vas a tener el corte limpio y del otro lado la contucion. Cualquier cosa, preguntame, pero se lo decis hasta cansarte, para que cuando llegues al juicio oral si es que no lo despegas antes, ya este planteada la nulidad. Liliana.-
Te pido disculpas por el atrevimiento liliana pero aprovecho la oportunidad para preguntarte, es más que nada porque el derecho penal me gusta y me gustaría ejercer en ese fuero en el futuro. Cuando decís "ya esté planteada la nulidad" la nulidad a qué acto te referís?
Vos desde tu experiencia, crees que es recomendable solicitar medidas de pruebas tan contundentes que de hecho, si se confirman, puedan resultar gravemente perjudicial a los intereses de tu cliente. Es recomendable suplir la tarea del fiscal, como en este caso que no ordenó pruebas elementales?? saludos.-
 #720395  por torent
 
Heeeeeeee, yo en mi caso dejaria todo para CASACIÓN......el onus probandi esta en cabeza de la acusación, basta de nulidades !!! cuando las plateas te dicen ¿cual es el agravio? Ud. la consintió !! x eso que pase todo en CASACIÓN, les digo "haaaaaa, x las dudas el agravio es que lo condenaron".... :lol:
*cafe*