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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #718475  por hugo2
 
andrea37 escribió:Hola, tengo una jubilación acordada por convenio con uruguay, tiene 30 años de aportes, 14 en uruguay y 16 en argentina, Uruguay no le pagó su parte, al reclamar al BPS me dicen que debo presentar el cese, ésto es así? leyendo el acuerdo de Seguridad Social Mercosur bajada de la pag del BPS y dice:

TITULO IV
DETERMINACION DE LA LEGISLACION APLICABLE


Artículo 4

El trabajador estará sometido a la legislación del Estado Parte en cuyo territorio ejerza la actividad laboral.

Tampoco tendría los 35 años laborados en total, cobra menos que el mínimo, por donde empiezo?
Que tal andrea, ya lo comente varias veces, por desgracia no corren los minimos, cada cual paga su parte y lo que da da.
 #718523  por andrea37
 
Hola, voy a ir a convenios, pero tengo una cuantas dudas. En el rub de alta 05/2011 dice haber real 1.336.43
y abajo dice: MOT NO SUBS. 048 TRATADO RECIPROCIDAD/ FECHA DE NACIMIENTO Que es esto?
En la notificación del acuerdo dice haber 525 y había un ajuste al mínimo de unos 185 pesos.
Del subsidio de diciembre cobró la mitad, tampoco entiendo porqué.
Estuve enviando mails a Asuntos Internacionales del BPS y quien me contestó solicitó el número de cédula uruguaya, luego dice que tendría dos beneficios, uno de argentina y otro de uruguay, que para que uruguay pague, debo presentar el cese en argentina. Le explico que no pido dos jubilaciones, solo una por ley 24241 con convenio con uruguay y por la ley aplicable no es necesario presentar el cese en argentina si no se trata de una tarea diferencial.
Estuve leyendo la prev-09-01 de fecha 01/07/1997, hay otra más reciente?
En ésta prev dice que se determina el derecho según el convenio y la legislación argentina y que hay 4 alternativas:
El titular tiene derecho a un beneficio integro argentino y a un beneficio integro extranjero
Acredita el derecho a una prorrata argentina y una prorrata extranjera.
Acredita derecho a un beneficio integro argentino y un beneficio por prorrata extranjera
Acredita derecho a un beneficio integro extranjero y a un beneficio por prorrata extranjera
Besos!!
 #718546  por andrea37
 
Ahora encontré: Fecha B.O. : 29/05/06 Bs.As., 18/5/2006. VISTO el Expediente Nº 02499810348166790 del Registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), las Leyes Nº 24.241 y Nº 25.629, el Convenio Nº 49 del 2 de septiembre de 2005, y la Resolución MTESS Nº 1085 del 29 de noviembre de 2005, y CONSIDERANDO:
Es largo, así es que lo dejo para mañana, no creo que tenga que dejar de trabajar acá para cobrar su parte en Uruguay, y tampoco que cobre menos que el mínimo. Besos dulces sueños!!
 #725425  por andrea37
 
Hola gente! hoy fui a convenios y me dijeron que tengo que presentar un nuevo reco, con la ampliación de servicios desde que se jubiló junto con el cese y que recién entonces se comunica a Uruguay y esta pago esa su parte. Dicen que no está bien así, que uruguay el el único pais que pide el cese, pero como a mi cliente no le interesa seguir trabajando, lo voy a presentar. Algo que me dijeron y no lo sabía, lo comparto, junto con los aportes de Uruguay se puede pedir por cada hijo, argentino o uruguayo, un año de aportes, que Uruguay reconoce solo a las mujeres. Es una nueva normativa del pais vecino. Saludos!
 #725444  por hugo2
 
andrea37 escribió:Hola gente! hoy fui a convenios y me dijeron que tengo que presentar un nuevo reco, con la ampliación de servicios desde que se jubiló junto con el cese y que recién entonces se comunica a Uruguay y esta pago esa su parte. Dicen que no está bien así, que uruguay el el único pais que pide el cese, pero como a mi cliente no le interesa seguir trabajando, lo voy a presentar. Algo que me dijeron y no lo sabía, lo comparto, junto con los aportes de Uruguay se puede pedir por cada hijo, argentino o uruguayo, un año de aportes, que Uruguay reconoce solo a las mujeres. Es una nueva normativa del pais vecino. Saludos!
Cuando veas cuanto es lo que le pagan por los aportes en uruguay se va a querer matar.
 #725642  por andrea37
 
Jajajaja Hugo!! y bueno que voy a hacer, tengo que terminar el trabajo, ahora me dieron turno para julio en Convenios directamente. Pero está bueno lo de 1 año de aportes por cada hijo, al menos algo rescaté. Tengo una sra que le faltan 3 años y tiene 4 hijos, donde hago el cómputos para esos años no se. Tengo que bajar la ley uruguaya. Besos!!
 #725651  por hugo2
 
andrea37 escribió:Jajajaja Hugo!! y bueno que voy a hacer, tengo que terminar el trabajo, ahora me dieron turno para julio en Convenios directamente. Pero está bueno lo de 1 año de aportes por cada hijo, al menos algo rescaté. Tengo una sra que le faltan 3 años y tiene 4 hijos, donde hago el cómputos para esos años no se. Tengo que bajar la ley uruguaya. Besos!!
Fijate que en la pagina del BPS esta toda la normativa.
 #725932  por fabidoc
 
andrea37 escribió:Hola gente! hoy fui a convenios y me dijeron que tengo que presentar un nuevo reco, con la ampliación de servicios desde que se jubiló junto con el cese y que recién entonces se comunica a Uruguay y esta pago esa su parte. Dicen que no está bien así, que uruguay el el único pais que pide el cese, pero como a mi cliente no le interesa seguir trabajando, lo voy a presentar. Algo que me dijeron y no lo sabía, lo comparto, junto con los aportes de Uruguay se puede pedir por cada hijo, argentino o uruguayo, un año de aportes, que Uruguay reconoce solo a las mujeres. Es una nueva normativa del pais vecino. Saludos!
Con razòn a mi me pidieron que presente el cese y no tiene cese, porque tiene los ùltimos años con moratoria. Bueno el cese serìa 09/1993. Le llevè todas las pantallas. Espero que siga su curso.
 #726104  por MARA54
 
andrea37 escribió:Jajajaja Hugo!! y bueno que voy a hacer, tengo que terminar el trabajo, ahora me dieron turno para julio en Convenios directamente. Pero está bueno lo de 1 año de aportes por cada hijo, al menos algo rescaté. Tengo una sra que le faltan 3 años y tiene 4 hijos, donde hago el cómputos para esos años no se. Tengo que bajar la ley uruguaya. Besos!!
HOLA, TE LOS RECONOCEN HASTA 5 HIJOS, PERO SOLO COMO FIGURATIVOS, O SEA COMO GUITA NO SIRVEN. TE LOS COMPUTAN SOLO PARA LLEGAR CON LOS APORTES. *suerte*
 #742883  por fabidoc
 
Iniciè una jubi por convenio con Uruguay en Febrero y ya està la correlaciòn mandada, me encuentro con la sorpresa que està para resoluciòn luego de pasar por el estado:33 (espera inf.exterior), està en estado 15. Que bueno. COmentaban que tardaban mucho màs.
 #747600  por fabidoc
 
El tràmite me saliò acordado.
Parece que estuviera hablando sola :lol: . Pero necesitarìa saber còmo se efectiviza el pago de la parte Argentina y la parte Uruguaya.
Saluditos a todos
 #747692  por hugo2
 
fabidoc escribió:El tràmite me saliò acordado.
Parece que estuviera hablando sola :lol: . Pero necesitarìa saber còmo se efectiviza el pago de la parte Argentina y la parte Uruguaya.
Saluditos a todos
Hola fabi, felicitaciones, la parte argentina te la pagan como una jubilacion nornal ( por supuesto la parte proporcional y sin minimos ), la parte uruguaya fijate la fecha de cobro en la pagina del BPS con el numero de cedula uruguaya y tiene que ir a cobrar en uruguay.
 #749134  por liliana1
 
lA PREGUNTA SERIA, ALGUIEN SABE COMO SE CALCULA LA PROPORCION SI TIENE AÑOS EN ARGENTINA Y EN URUGUAY, Y URUGUAY PIDE 35 AÑOS DE APORTES PARA PAGAR SU PARTE, CUANTOS AÑOS HAY QUE TENER PROPORCIONALES??? DESDE YA MUCHASD GRACIAS.-