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 #717400  por romi19
 
¿Es valido el deposito hecho en una escribanía del valor de una medianera, previa notificacion al "acreedor" propietario, La notificacion no fue recibida, pero el deudor aduce que fue hecha y deposito en la escribanía el dinero. Es válido? No se sabe que monto ni cómo la calculó.Puede aducir como defensa que se presentó con un escribano ?O DEBE HACERSE LA CONSIGNACION JUDICIAl.?
 #717425  por Squonk
 
Si las partes no acordaron el precio ni las condiciones del pago, entiendo que no es oponible ese depósito en escribanía.
Tampoco prosperaría una consignación judicial, dado que el precio no fue acordado y el acreedor no está obligado a recibir cualquier cosa.
Saludos
 #718243  por nonbis
 
QUIEN PAGA MAL PAGA DOS VECES...

El pago en Escribanía no es válido a menos que así haya sido acordado. Por consignación, no estoy tan seguro... Tendría que justificar que puso lo debido a disposición del acreedor y este se negó a percibirlo o no pudo hacerlo por otros medios. Por lo menos, así lo veo yo !
 #718254  por Squonk
 
No comparto su criterio.
Si el acreedor no acordó ningún precio, no hay precio determinado.
Para una consignación tendría que haber un precio cierto.
Por eso, y por mas que le consignen cualquier suma, esta consignación no prosperaría porque el acreedor no esta obligado a recibir lo que el deudor decida por su cuenta pagarle.
Saludos
 #718273  por nonbis
 
Claro, estimado. Si hubo precio cierto. Me disculpo por mi omisión.
 #718288  por Squonk
 
Todo bien.
No hay problema.
Saludos cordiales
 #718551  por romi19
 
ENTONCES en caso de ser interpelado mediante carta documento ofreciendole determinada suma , si el acreedor la rechaza tampoco daría lugar a la consignacion, porque el precio no fue acordado. ¿se desliga el deudo al ofrecer el pago o solo cuando se efectiviza la obligacion?
 #718563  por Squonk
 
Tienen que determinar el valor de la medianera y depositar el deudor el precio. Recién ahí se desliga el deudor.
Saludos cordiales
 #718784  por romi19
 
Gracias, por los comentarios.
 #719548  por romi19
 
Les cuento que a mi cliente le aparecio una escribana en su domicilio sin aviso previo a tocar el timbre con el arquitecto ofreciendo el pago.Mi clienta no abrió la puerta. ¿Que valor tiene el hecho presencial del escribano si no acordó el precio ni avisö.?
 #719566  por Squonk
 
No tiene valor alguno, no la pueden obligar a recibir un precio que no fue acordado.
Saludos