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  • duda SUSTITUCION DE PATROCINIO PBA???

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #719072  por aior
 
Hola a todos. Hace unos meses suspendi la matricula en provincia de bs as. Dado que por aquel entonces no tenia ningun expdte activo o pendiente de resolucion pedi la suspension el el colegio sin mas. La semana pasada me contacta una clienta, le informo lo de la suspension, consigue un nuevo abogado q le dice q tengo q presentar un escrito renunciando al patrocinio. Yo no concuerdo con ese criterio ya q el caso (acuerdo homologado judicialmente de convenio de cuota respecto de hijos menores) se encontraba concluido y al no estar ya matriculado no seria un escrito de renuncia el q deberia presentar....deduzco q existe incumplim iento respecto del alimentante y q deben estar x iniciar algun incidente

Les pido a todos q me den su opinion ya q buscando en las normas del colegio no encontre la solucion a esta circunstancia

Saludos y gracias!!!
 #719129  por kantaclaro
 
El abogado que, impulsando una causa, sea sustituido por otro colega en razón de la decisión de su cliente; deberá recibir del colega que lo sustituye, un aviso de tal situación previo a la intervención de aquél (cf. código de ética).
Ahora, si el cliente concurre con otro abogado en un expediente distinto (aunque conexo al anterior, por ej.: ejecución de convenio), el colega al no estar sustituyendo no tiene la obligación de avisar; ni el primero en "renunciar" a nada. Saludos
 #719384  por roquito
 
No existe obligacion de renunciar al patrocinio.
Tu ex clienta directamente se puede presentar con nuevo patrocinio y listo, sin necesidad de que vos renuncies. Los recaudos de notificaciòn entre colegas de la sustitucion del patrocinio son normas derivadas del Codigo de Etica profesional, que no tiene ninguna incidencia procesal dentro de la causa.