Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • art 2470 y 2490

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #719801  por romi19
 
Sabe alguien como funciona y como proceder con este interdicto de manuntencion policial,si se trata de algo simplemente personal de legítima defensa o hay que formular denuncia, si uno llama a un movil policial este debe actuar? Se trata de una turbacion de la propiedad e invasion por parte del vecino a un muro privativo sin permiso.Agradecería algun comentario.
 #719804  por Pandilla
 
Hola, hasta donde entiendo, la Policía tiene que esperar lo que Ordene la Fiscalía o el Juzgado.
Igual, espere otras opiniones.

Saludos.
 #719805  por Pandilla
 
Aunque no lo tengo muy claro, por ahí, habría que tener en cuenta aquello de la flagrancia (aunque no sé si se podría aplicar a este caso).

Saludos.