Es la primera vez tengo un desalojo por usurpación y no tengo idea en qué etapa del proceso te regulan honorarios, no sea cosa de que producido el desalojo el cliente no me haya abonado ( porque le voy a ir cobrando a cuenta) ...
uyy, jodido de decir, si no reconvienen y es declarado de puro derecho una vez desalojados ya está, si es lo contrario de seguro que como mínimo hasta cámara llegás, si no a la corte, jajaj
Consejo hace convenio(en papel y firmadito) y vas cobrando de a poco en comodas cuotas de una como quieras. Pero da recibos que digan a cuenta de honorarios.
fijate en tu colegio que tienen artos modelitos. PERO no lo adjntes al expediente. pues de seguro la parte desalojada va a perder en costas y ahí tenés doble cobro, tu cliente más los qu perdieron. Y si eso de terminar de cobrar antes del fenecimiento es 100% recomendable