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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #720851  por casbarrog
 
Buen día estimados foristas.- posteo el tema aunque sé de entrada que no hay solución.-
en marzo inicié un retiro por invalidez.- lo tuve que iniciar de inmediato para no perder regularidad (15 años con 12 meses dentro de los últimos 60).-

al armar el expediente previsional, advierto que el Sr. Tenía inscripción en monotributo 02/2001 a 06/2004 categoría 10 Monotributo previsional-trabajador activo y desde 7/2004 a 10/2007 categoría 11 monotributo previsional - no aportante.-
A todo monotributo apliqué decreto 526 pues tenía deuda ningún pago me servía porque tenía superposición con dependencia 9 mese y luego 3 pagos (10/02; 10/03; 2/04) con deuda.-

Advierto también que el sr. tuvo desempleo desde 06/2002 a 10/2002 por lo cual iba a saltar una percepción indebida, se lo comenté me dice que en 9/02 viajó a Israel por trabaj y estuvo un año, así que podría tal vez el mes de octubre safarlo de percepción indebida porque no estuvo en Argentina (aunque el mes 10/02 de MT lo pagó...)

aún la comisión no se expide.- la verdad que pensé que lo de la percepción indebida saltaría una vez que se expida la comisión para otorgar el beneficio pero me llega un deberá ahora para que regularice la situación.-
Sinceramente está en el horno este hombre, porque dijo que jamás tuvo negocio sin embargo me fui a rentas de capital y está inscripto en ingresos brutos desde 2/2001 con marca de cese en 2003 (aunque no es baja sino porque no presentó DDJJ), tiene presentadas declaraciones juradas de 2001 y 2002. En rigor según uno cabos es que prestó el nombre al cuñado.-

Así que defensa alguna no creo tener.- A alguien se le ocurre de qué me disfrazo, porque el sr. no tiene un centavo, tiene enfermedad terminal (enfermedad de moto neuronas, así que casi ni caminar puede).- O me presento con el sr. y que firme el reconocimiento de lo indebido.- Obvio si le otorgan el beneficio se lo descuentan de ahí pero sino y anses pretende obtener su cobro judicial?
bue creo que fue más catarsis que postear una duda xq creo no hay alternativa (aunque le advertí el primer día que descubrí esto)
cualquier idea bienvenida.-
un saludo, agradecida de antemano, excelente comienzo de semana para todos!
gery
 #720853  por diegomdp
 
no hay percepcion indebida cuando cobra desempleo y tiene mt hay dictamenes de la gaj del 97 para aca y hasta resoulcion de la carss basadas en dicho dictamenes, lo que pasa que el sistema de anses lo trata como indebida porque segun normatizacion si es percepcion indebida.
dame 24 horas y te digo cuales son los dictamenes y la res de la carss
 #720856  por casbarrog
 
Te agradecería en el alma, porque sinceramente estuve buscando y nada me orientaba, tal vez la preocupación me bloqueó. aguardo ansiosa la data!!!!! muchísimas gracias por tu pronta respuesta me alegraste el día!!! un salduo
 #720912  por diegomdp
 
dictamen gaj 10712 ratificado por el dictamen 32618 del 2006 criterio al cual tambien adhiere la carss resolcion 23989-09.
fijate que es conveniente por el monto de la deuda si pelearla con estos fundamentos o consentir la deuda por la demora que puede llegar a acarrear dicha pelea
saludos
 #720918  por casbarrog
 
Gracias diego por la data! me voy a poner a buscarlas y estudiarlas bien.-
de todos modos aún el expte. en comisión médica está para dictaminar desde 31/03 y tienen 60 dias hábiles que siempre son más.- así q tal vez la pelee veré bien los fundamentos.- en cuanto al monto aún no lo sé porque en la notificación no lo indican, así que haré el estudio pormenorizado, sentaré al cliente y que él decida.- un abrazo.- nuevamente gracias.- gery
 #720973  por casbarrog
 
hola diego, disculpá el abuso, tendrás algún link desde donde pueda buscar los dictámenes y la resolución carss? o si lo tenés a mano y podés pasarmelo? porque no logro dar con ninguno.- amén de buscar en la web busqué en las bibliotecas de distintos foros pero no doy pie con bola.
mi correo:
casbarrog arroba hotmail com
un beso grande!
 #760810  por casbarrog
 
hola foro.- con respecto al tema oportunamente posteado les comento que no descontaron nada. no lo tomaron como percepción indebida.-
el sr. había tenido desempleo, se lo habían otorgado en 12 cuotas, pero, se superponía con inscripción en MT y me enviaron un deberá para regularizar la percepción indebida.-
Fue al sector de desemplo, con turno y el cliente.- Me hicieron una "extinción".- me dijeron que no descontarían nada porque: el MT no estaba pago y, ni bien el sistema detectó un pago del MT directamente se lo suspendieron.- Y el mes que se superpuso con la percepción del desempleo no lo descuentan no lo toman como indebido.-
esto así en udai lanús.-
un saludo
y gracias!
 #761139  por diegomdp
 
los sistemas de anses hasta el dia de hoy solo leen pagos de mt, no pueden leer inscripcion, por lo cual cuando detecto pago lo suspendio, de manera indebida en base a los dictamenes citados, pero no va ser ni al primera ni ultima vez que la gerencia de previsional y de normatizacion no ajusten las normativas a los dictamenes de la gaj como deberian hacerlo.
y es correcto lo que te dijeron si yo hago un pago de mt ejemplo en marzo o empiezo a trabajar el mismo mes y cobro el mes de marzo de desempleo no hay percepcion indebida si lo habria si cobrara el desempleo por el mensual de abril.
saludos