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  • Jubilacion autonomo con padron historico.

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #720861  por andredark
 
Estimados colegas, buen dia a todos: tengo esta jubilacion que en san justo no me la ingresaron, quisiera por favor si la revisan por ahi hay algo que no vi:

DATOS PERSONALES: 06/1994 AL 02/2007 CATEGORIA 769

PADRON HISTORICO DE AUTONOMOS . 01/1973 categoria 297 le inscribi la cuenta de autonomos y tiene aproximadamente 10 años pagos.

El sicam 1 lo ingrese desde la fecha 01/1973 hasta 05/1994 con la categoria 297 y a partir del 06/1994 hasta 02/2007 con la categoria 769.

Pero en la Udai de San justo no me lo toaron porque debia respetar los periodos de DATOS PERSONALES, pero si yo coloco el periodos que le figura en el padron historico en el Sicam 2 que pasa con los pagos que realizo la persona? uds lo habrian hecho igual?

Agradezco si alguien me puede dar algun aporte.!!
 #720864  por NORMA
 
andredark escribió:Estimados colegas, buen dia a todos: tengo esta jubilacion que en san justo no me la ingresaron, quisiera por favor si la revisan por ahi hay algo que no vi:

DATOS PERSONALES: 06/1994 AL 02/2007 CATEGORIA 769

PADRON HISTORICO DE AUTONOMOS . 01/1973 categoria 297 le inscribi la cuenta de autonomos y tiene aproximadamente 10 años pagos.

El sicam 1 lo ingrese desde la fecha 01/1973 hasta 05/1994 con la categoria 297 y a partir del 06/1994 hasta 02/2007 con la categoria 769.

Pero en la Udai de San justo no me lo toaron porque debia respetar los periodos de DATOS PERSONALES, pero si yo coloco el periodos que le figura en el padron historico en el Sicam 2 que pasa con los pagos que realizo la persona? uds lo habrian hecho igual?

Agradezco si alguien me puede dar algun aporte.!!
Pregunto,por qué en el SICAM II y no todo en el SICAM I ?
 #720888  por andredark
 
Gracias norma por responder!!!! yo hice todo en sicam I pero los de san justo me dicen que respete DATOS PERSONALES entonces ahi es donde se supone que tengo que hacer el sicam II, veo entonces que lo hubieses hecho como yo lo hice. me quedo un poco mas tranquila, san justo son un poco los reyes de complicarte la vida!!
 #720895  por arielruiz86
 
Los pagos si estan echos van a repercutir en la deuda sea que que esten en sicam 1 o en el 2 (si no me equivoco, corroboralo viendo el detalle de deuda regularizada del sicam 2). Pero mas alla de eso, esta mal denegada porque se ha respetado el PUC 06/94 - 02/07, no veo el fundamento del rechazo, Habria que haberlo presentado bajo insistencia.
 #720929  por andredark
 
Hola Ariel, gracias por responder pero mira q yo lo hice todo en sicam 1 porque tiene padron de autonomos y pagos, y es eso lo que no me aceptaron. Ellos me dicen que desde la fecha de padron de autonomos hasta el mes anterior a donde comienza a figurar en datos personales tengo q ingresarlo en sicam 2, me entendes.
 #720935  por NORMA
 
“2011 – Año del Trabajo Decente, la Salud y Seguridad
de los Trabajadores”

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Buenos Aires, 11 de mayo de 2011

CIRCULAR GP Nº 31/11

PROBATORIA DE SERVICIOS AUTÓNOMOS Y MONOTRIBUTISTAS
OPCIÓN MORATORIA RESOLUCIÓN SSS Nº 592/79 - AMPLIACIÓN DE
PERÍODOS USO DEL SICAM II

REEMPLAZA A LA CIRCULAR GP Nº 18/11

Dado que se facultó a la Gerencia Diseño de Normas y Procesos dependiente de la
Subdirección de Administración para dictar las normas de procedimiento y
disposiciones aclaratorias de la Resolución D.E.-N Nº 555/10 (Probatoria de
Servicios Autónomos y Monotributistas), se aclara que si el afiliado formula opción
por la Moratoria Res. SSS Nº 592/79 en el Form. Nº 558/A del SICAM, y amplía los
servicios anteriores a la fecha de inicio de actividades que surge de la pantalla
AUT1, dicho período ampliado anterior a la citada fecha deberá ser informado en el
SICAM II, tal como lo dispone la Circular GPA Nº 38/10.

Se aclara además que el caso mencionado, es el único supuesto de uso obligatorio
del SICAM II.

En los restantes casos, si presenta el SICAM II y no opta por la Res. SSS Nº 592/79,
no habría inconveniente alguno en aceptar el mismo en dichas condiciones.
 #720947  por arielruiz86
 
El sicam 2 es oligatorio hacerlo unicamente en el caso que se opte por "Si a la moratoria 592/79" cuando dicha función u opción este habilitada en el sicam, es decir; por mas que este habilitada la opción 592/79 pero si no se hace uso de ella no es obligatorio ampliar en el sicam 2.
 #720951  por andredark
 
muchas gracias a todos estimados colegas, me quedo tranquila, solo q estoy intentando que me toque el turno en otra udai, la verdad no es el primer caso q no me toman como el q plantee, ah y les comento en Flores tampoco. Muchas gracias por su tiempo.!!
 #721069  por GRACIELA846
 
ESTIMADA COLEGA, te contesto de acuerdo a como lo haria yo: En el Sicam 1 pones los datos del padron historico hasta la fecha del ultimo pago que figura en "Pagos" del Sicam, te vas al Sicam 2, ahi pones los periodos que figuran en datos personales y si no llegas a los 30 años, alli tambien le compras años de autonomos en periodos que abarque la moratoria y respetando alguna de sus dos actividades. OJO EN EL SICAM 1 tambien tenes que poner el beneficio segun el año de corte segun el art. 3 de la ley 24476. espero haberte ayudado
 #721085  por andredark
 
Hola Graciela!!! gracias por leer y opinar pero es precisamente al reves. lo que hay que respetar es DATOS PERSONALES en el sicam I, despues segun criterio de San Justo ellos dicen q si en datos personales no figura los datos de PADRON HISTORICO lo tenes q cargar en el sicam II, me entendes. Porque si pones datos personales directamente en Sicam II de cabeza q no entra la jubilacion.
 #721167  por miguel19790
 
Presentate en la udai que te rechazo el tramite,con la circular 31/11 . SICAM II " NO ES OBLIGATORIO" salvo en el caso que te indicaron. Te tienen que aceptar al tramite, aca en donde stoy, es una provincia chica y hay una sola udai, lamentablemente la encargada de udai entiende muy poco, y tenia ese criterio, pero con otros profesionales le ibamos iniciar acciones legales directamente a ella y rapido entendio el tema.-
 #721184  por NORMA
 
miguel19790 escribió:Presentate en la udai que te rechazo el tramite,con la circular 31/11 . SICAM II " NO ES OBLIGATORIO" salvo en el caso que te indicaron. Te tienen que aceptar al tramite, aca en donde stoy, es una provincia chica y hay una sola udai, lamentablemente la encargada de udai entiende muy poco, y tenia ese criterio, pero con otros profesionales le ibamos iniciar acciones legales directamente a ella y rapido entendio el tema.-


jajaja,me encantó !!!
 #721187  por NORMA
 
miguel19790 escribió:Presentate en la udai que te rechazo el tramite,con la circular 31/11 . SICAM II " NO ES OBLIGATORIO" salvo en el caso que te indicaron. Te tienen que aceptar al tramite, aca en donde stoy, es una provincia chica y hay una sola udai, lamentablemente la encargada de udai entiende muy poco, y tenia ese criterio, pero con otros profesionales le ibamos iniciar acciones legales directamente a ella y rapido entendio el tema.-


jajaja,me encantó !!!