Hola, A) me denegaron PBU, PAP y PC (Jubilac ordinaria) debido a q le compro por morat Ley 24476 27 a 8 m y 26 d, abonando una sola cuota, y el tiempo restante para llegar a los 30, declaré haber trabajado para una persona x lo q le compro x SDM monotributado desde 1.6.08 a 21.12.10. Como los pagos de SDM estan regularizados extemporáneamente, es decir los pagué el mismo dia a todos los periodos, mas los intereses q me dio el Sicam. F102 y F 575. Realiza la Udai la verificacion y sucede que hay un testigo q dice q mi cliente no trabajó para esa persona x lo q no me dan x probada la realizacion de tareas invocadas y me la deniegan,. Pregunto: si la supuesta empleadora le exhibió recibos de pago de cap mas intereses y xq el testigo dijo q mi cliente no era empleada de su vecina, me la deniegan,. Q acostumbran hacer??? Recurso de reconsideracion, tienen modelos xfa???Instancia Judicial o Recurso revision ante la C.A.R.S.S. Me prgunto cuaaaando va a salir el beneficio de jubilac jaja No se puede creer .
B) Cuando en una jubilac x invalidez comenzas hacer el sicam y aparece en Historia de categorias: 10. Monotributo Previsional. Trabajador activo desde 02/10. Tipo de contribuyente: Monotributista. Y ..... se me quemaron los papeles jaaa la hago igual o tengo q darlo de baja en Afip. ????
C) Esto es un comentario: Me dijeron q salió una nueva circular o resoluc q si damos de baja un sicam y lo hacemos nuevamente dentro de los 60 dias, estamos exento de abonar la 1er cuota si mencionamos esa circular, q desconozco el nro.?? Es realmente así?
D) Es mi primer ingreso a consultas del Foro, espero tener suerte y ayudas Graciassss
B) Cuando en una jubilac x invalidez comenzas hacer el sicam y aparece en Historia de categorias: 10. Monotributo Previsional. Trabajador activo desde 02/10. Tipo de contribuyente: Monotributista. Y ..... se me quemaron los papeles jaaa la hago igual o tengo q darlo de baja en Afip. ????
C) Esto es un comentario: Me dijeron q salió una nueva circular o resoluc q si damos de baja un sicam y lo hacemos nuevamente dentro de los 60 dias, estamos exento de abonar la 1er cuota si mencionamos esa circular, q desconozco el nro.?? Es realmente así?
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