SUBSIDIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
Los jubilados y pensionados que cumplan con las condiciones para percibir el subsidio de servicios públicos, dispuesto por el Decreto Nº 319/97, deberán presentarse en la UDAI (Unidad de Atención Integral) o Delegación de ANSES más cercana a su domicilio, a efectos de cumplimentar el trámite correspondiente.
Requisitos que debe reunir
• Percibir haber mínimo. Serán contemplados también los que perciben Subsidio Complementario Decretos Nº 2627/92, 1524/94, 1010/97, 259/98 y Decreto Nº 1275/02.
• Ser titular de única prestación.
• Ser usuario residencial de alguno de los servicios que usufructúa (luz, gas o agua).
• Residir en el país.
IMPORTANTE
Previo a iniciar el trámite deberá haber acreditado ante ANSES sus datos personales, y los datos de sus relaciones familiares en la Base de Datos de Personas (ADP), mediante la presentación de la documentación que corresponda en cada caso.
Documentación a presentar
• DEL TITULAR
• Exhibir DNI, LC, LE o CI en caso de figurar esta en la OPP, para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI, deberá presentar constancia de DNI en trámite.
Si el domicilio no coincide con el documento, debe presentar constancia del domicilio actualizado
• Formulario de Declaración Jurada provisto por ANSES, debidamente cumplimentado y firmado por el titular o curador. De no concurrir el titular, su firma deberá estar certificada por la autoridad Policial, Judicial, Notarial, Director o Administrador de Hospital, Sanatorio o Establecimiento similar de internación
• Original y fotocopia de la última factura paga de alguno de los servicios de luz, gas o agua, en la que se registre como usuario.
• DEL REPRESENTANTE
• Si el curador aún no figura en la OPP/CPP: presentar Testimonio de Curatela y autorización para percibir (original y fotocopia)
• Exhibir DNI, LC o LE, o CI en caso de ser extranjero y no poseer DNI para acreditar identidad.
En caso de no poseer DNI, LC, LE o CI deberá presentar constancia de DNI en trámite.
• ABOGADO / GESTOR:
Deberá estar registrado en la Base de Gestores autorizados como abogado/gestor habilitado.
Caso contrario, se deberá solicitar:
• Si es profesional (abogado):
• credencial habilitante.
• DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
• Nota del profesional solicitando su incorporación al registro de abogados de ANSES.
• Si es gestor:
• DNI y Fotocopia de la 1ra y 2da hoja.
• Nota solicitando su incorporación al registro de gestores de ANSES.
Alcances del Subsidio
El monto del subsidio es de $24,00 para los beneficiarios que habitan en las provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Sector Antártico, Islas Malvinas e islas del Atlántico Sur y de $13,50 para los beneficiarios del resto del país.
En período esponja de conocimientos.-