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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #721725  por arielruiz86
 
Eso puede decir la iniciadora, pero si llegado el dia del turno y se fija en el sicam y la cuota esta imputada al nuevo plan no puede obviarse ese pago (que mas prueba que la acreditacion en el mismo sistema), si es el mismo monto porsupuesto, y yo lo presentaria bajo insistencia en ese caso.
 #721728  por molinag
 
En el caso que planteas ya esta imputada la cuota, ahi nadie discute nada, el tema es si va porque ya solicito el turno y no le aparece aun imputada...
 #721735  por Blanca07
 
molinag escribió:En el caso que planteas ya esta imputada la cuota, ahi nadie discute nada, el tema es si va porque ya solicito el turno y no le aparece aun imputada...
Esa es la duda, que hago==?? pido la baja del sicam q envié ayer??? y espero q impacte la cuota anterior??? ya tengo el turno y lo perdería, la otra es ir y tratar de reclamar el pago a posteriori
*cafe* *cafe*
 #721760  por dramamita
 
Blanca para reclamar ese pago tenes que presentar un recurso de repeticion en Afip que puede demorar bastante.............. y si vamos a lo concreto una cuota de 300 y pico como te debe haber dado no es monto significante para demorar un tramite. Ni para dar de baja a este nuevo sicam.

Yo les aseguro que me tomaron un tramite con la cuota de un plan anterior............por que entre todos no buscamos normativa de respaldo a esa opcion??????
 #721798  por arielruiz86
 
Es muy problable que no haya normativa al respecto porq son situaciones inusuales (o casi ridiculas) que nadie las previo, pero como dije, que mejor prueba que aparesca al fin acreditado en el nuevo sicam la cuota del plan anterior independientemente de la fecha en que se pago y que sea coincidente con el importe. Y si no queres arriesgarte, no des de baja el nuevo plan, paga nuevamente la cuota que te arrojo este ultimo sicam y presentate al turno como siempre, y mientras tanto verifica (para sacarnos las dudas) si se acredito la cuota anterior (te va a aparecer el pago duplicado). Y $300 distribuidos en las 60 cuotas que le descontarian al cliente son $ 5 que dejaria de cobrar por mes por prescindir el pago anterior.
 #721861  por fabidoc
 
dramamita escribió:Blanca para reclamar ese pago tenes que presentar un recurso de repeticion en Afip que puede demorar bastante.............. y si vamos a lo concreto una cuota de 300 y pico como te debe haber dado no es monto significante para demorar un tramite. Ni para dar de baja a este nuevo sicam.

Yo les aseguro que me tomaron un tramite con la cuota de un plan anterior............por que entre todos no buscamos normativa de respaldo a esa opcion??????
mamita...no será que lo hicieron pasar y no se dieron cuenta. Nuevo plan requiere siempre pago de la primer cuota, porque siempre el pago debe ser posterior. Pero mirando rápido...no se dieron cuenta.
 #722218  por dramamita
 
hola Fabi!!!!!!
mira, cuando nadie apoyo mi postura pense eso mismo, que la iniciadora no se dio cuenta. Fue una sola vez en realidad que presentamos sin volver a pagar cuota 1, pero la misma iniciadora nos dijo eso, que el pago servia, siempre que fuera dentro del mismo mes y fue hace poquito, antes de salir la 31/11 que no me recibieron caprichosamente un sicam con ampliacion, se lo peleamos con el argumento que ademas mi cliente tendria que pagar nueva cuota y ahi no mas me lo dieron de baja, liquidamos otro y presentamos al otro dia "todo en sicam 1" y con el mismo pago.
Ahora no tengo sustento legal para confirmarlo pero la logica indicaria que esa cuota queda acreditada, si no esta mas el primer sicam, el pago quedaria "sin aplicar" a nada, por lo cual cuando se debite la obligacion de la cuota 1 del nuevo sicam, ese dinero la cancelaria. Tengamos en cuenta que en AFIP existe la COMPENSACION de pagos, que funcionan como una cuenta corriente
 #722386  por fabidoc
 
dramamita escribió:hola Fabi!!!!!!
mira, cuando nadie apoyo mi postura pense eso mismo, que la iniciadora no se dio cuenta. Fue una sola vez en realidad que presentamos sin volver a pagar cuota 1, pero la misma iniciadora nos dijo eso, que el pago servia, siempre que fuera dentro del mismo mes y fue hace poquito, antes de salir la 31/11 que no me recibieron caprichosamente un sicam con ampliacion, se lo peleamos con el argumento que ademas mi cliente tendria que pagar nueva cuota y ahi no mas me lo dieron de baja, liquidamos otro y presentamos al otro dia "todo en sicam 1" y con el mismo pago.
Ahora no tengo sustento legal para confirmarlo pero la logica indicaria que esa cuota queda acreditada, si no esta mas el primer sicam, el pago quedaria "sin aplicar" a nada, por lo cual cuando se debite la obligacion de la cuota 1 del nuevo sicam, ese dinero la cancelaria. Tengamos en cuenta que en AFIP existe la COMPENSACION de pagos, que funcionan como una cuenta corriente
El pago queda como pago a cuenta, pero siendo de un día para el otro, como que SI quedaría en el aire.
Es lo que le pasó a blanca, pagó el jueves y ya el lunes mandó el otro plan. no se acredita tan rápido.
Gracias por la aclaración. Cualquier cosa, lo tendré en cuenta.