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  • circular Nº 33/11----------preocupada!!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #722685  por sanher
 
arielruiz86 escribió:
eric000 escribió:yo creo que la probatoria de servicios es para probar años anteriores a 1993 no posteriores , lo dice clarito la 555 y la 33/11 , a parte la 33/11 te dice como probarlos , por algo se llama probatoria de servicios de autonomos.
Y la ley 24476 que dice?
No le hagan caso que solo busca confundir. El problema es cuando entra alguien que quiere aprender y por desgracia le hace caso a ese zapallo de Eric que tendría que banearlo el administrador. Como no sabe nada abrió un post pidiendo asociarse diciendo un montó de pavadas, pero para peor opina. Cuando no se algún tema ni aparezco para no pasar verguenza, éste (eric) en cambio mete bocadillos que no se pueden digerir ni analizar.
 #722686  por sanher
 
Digo ello porque Eric no aclaró que si no se opta por la ley 24476 hay que probar lo anterior al año 1993, cuando no surge PUC, o no hay PHA o no existen pagos realizados en tiempo y forma.
 #722694  por fito657
 
Todas las udai del cono urbano y de capital en la que estuve interpretan bien, ANTES DEL 9/93 NO HAY QUE PROBAR NADA, pasa que formosa está tan lejos que le llegan las circulares y no tienen gente que las interprete bien o no tienen a nadie cerca para consultar. Pero está totalmente corroborado que las pruebas empiezan en el periodo rosado desde el 10/93 hasta 10 años antes del sicam.
Que aparezcan en rosado antes del 9/93 no quiere decir nada y lo rosado despues del 9/93 hay que probarlos salvo que haya pagos en tiempo y forma o que lo hayas renunciado en su totalidad.
Con el tiempo en formosa tambien se van a actualizar.
 #722700  por sanher
 
fito657 escribió:Todas las udai del cono urbano y de capital en la que estuve interpretan bien, ANTES DEL 9/93 NO HAY QUE PROBAR NADA, pasa que formosa está tan lejos que le llegan las circulares y no tienen gente que las interprete bien o no tienen a nadie cerca para consultar. Pero está totalmente corroborado que las pruebas empiezan en el periodo rosado desde el 10/93 hasta 10 años antes del sicam.
Que aparezcan en rosado antes del 9/93 no quiere decir nada y lo rosado despues del 9/93 hay que probarlos salvo que haya pagos en tiempo y forma o que lo hayas renunciado en su totalidad.
Con el tiempo en formosa tambien se van a actualizar.
Hola. Pero a veces me pregunto ¿porque agregaron el colorinche? ¿para avisarnos que cambiamos el código de actividad o para que no nos confundamos? ¿que se viene más adelante?
 #722717  por fito657
 
Para mi fue porque en afip ya estaban cansados de que todo el mundo iba a modificar el padrón y dijeron de aquí hasta aquí que se arregle la anses ( en los prescriptos) y en los ultimos 10 años se ocupa afip. Lo colorado sería para que tengan claro cuando hay que ir o no a la afip. Es mi opinión.
 #722720  por sanher
 
fito657 escribió:Para mi fue porque en afip ya estaban cansados de que todo el mundo iba a modificar el padrón y dijeron de aquí hasta aquí que se arregle la anses ( en los prescriptos) y en los ultimos 10 años se ocupa afip. Lo colorado sería para que tengan claro cuando hay que ir o no a la afip. Es mi opinión.
Creo que si la persona aportó, y opta por la moratoria ley 24475, el mismo sistema no tendría que poner el colorinche, sin perjuicio de que aparezca a partir de 10/1993 si no se respeta el PUC.

Si AFIP puede ¿mejorar? ciertas cosas, puede mejorar este tipo de situaciones.
 #722722  por fito657
 
En lo anterior al 9/93 está en rosado para que tampoco vayan a afip que es lo que le interesa afip, de la ley 24476 dijeron que lo explique la anses, a nosotros (por afip) no nos interesa. Despues es que viene la GPA 15/11 y la circular 33/11 de anses para dejar claro que antes del 9/93 impera la ley 24476 y que no hay que probar nada.
 #722723  por fito657
 
sanher escribió:
fito657 escribió:Para mi fue porque en afip ya estaban cansados de que todo el mundo iba a modificar el padrón y dijeron de aquí hasta aquí que se arregle la anses ( en los prescriptos) y en los ultimos 10 años se ocupa afip. Lo colorado sería para que tengan claro cuando hay que ir o no a la afip. Es mi opinión.
Creo que si la persona aportó, y opta por la moratoria ley 24475, el mismo sistema no tendría que poner el colorinche, sin perjuicio de que aparezca a partir de 10/1993 si no se respeta el PUC.

Si AFIP puede ¿mejorar? ciertas cosas, puede mejorar este tipo de situaciones.
Seguro, esperemos que lo hagan.
 #722979  por sofia26
 
yo estoy realmente indignada....
hoy me fui a hablar con la jefa del area de iniciacion...
y en conclucion lo q me dijo es que a raja tabla ellos cumplen lo q dice a circular y q a circular es clara...
que afip se desligo de la pruebas...q supuestamente antes cuando uno iva con un 460 a hacer una modificion tenia q aportar las pruebas...pero que en afip no pedian...y como ahora ellos eso dejaron en manos de anses, sale esta circular para hacer cumplir lo q ya decia la 555, por eso es que ahora piden prueba....y si contradice la 24476...que se presente un recurso....y q lo resuelva un organo superior o la justicia...pero que ellos van a pedir las pruebas porque es lo que la circular les ordenas...pero no entienden- que tiene un problema de redaccion y que se contradice la segunda parte del segundo parrafo con lo que dice el tercer parrafo...
Ah! tambien me dijo que justamente lo que aparece coloreado en rojo en la situación de revista aparece la leyenda abajo....que debera ser verificado por anses...entonces ellos tienen la facultad de pedir las pruebas, y bueno...
Como hago que mi cliente que tiene 19 años en construcción y que le tuve que comprar lo que le faltaba para los 25...que vamos a tener probar que trabajo de albañil....de los años 196ypico....y bue...

Por ahora en formosa vamos a tener que empezar a llenar los juzgados de paz para certificar firmas de notitas que dicen q prestaron tales servicios y seguir contribuyendo a la simulacion y bajeza por una vida mejor para la tercera edad.......

Y al seguir leyendo todo lo que pasa en otras udai mas me indigno....formosa esta lejos de bs aires...pero no cuesta nada pedir una aclaratoria...o tener la mente un poco mas abierta y ver el espiritu de la ley...p
 #722989  por fito657
 
Sofía te doy toda la razón, ahora la 33/11 es clara antes del 9/93 con la simple denuncia en la situación de revista no se prueba nada. Lo que debe pasar es que como también antes del 10/93 aparece rosado creen que tienen que aportarse pruebas. Pero lo rosado lo pone afip para avisar "acá no vengan cuando está en rosado" a afip no le importa y está dentro o fuera del alcance de la 24476. Pero el simplismo y la falta de sentido comun con que se manejan en algunos lugares es alarmante.
 #722993  por molinag
 
DESASSTROZO!!!! desastrozo lo que te dijeron Sofia, y bue por lo pronto hace lo que dijiste, que vayan a juzgado de paz, hagan la declaratoria por periodos y actividad....habra que aburrirlos de actas del juzgado, obviamente denegaran igual, y ahi se terminara en la Justicia, porque el acta servira para iniciar y nada mas....lo evaluaran, denegaran y ahi no queda otra que la via judicial...una jubilacion podra tardar mas de un año!!! se llenaran de reclamos y pagaran cuando oredene la justicia unicamente....LAPIDARIO!!!!!! habria que evaluar actos administrativos contra el area de legales, para buscar sanciones....
 #723011  por sofia26
 
Y si.....realmente vergonzozo.......

lo peor es que ya me aclaro que la informacion sumaria de que por ejemplo trabajo como albañil o costurera realizada ante un juzgado de paz no tiene validez como prueba....tiene que ser alguna nota donde se detalle lo que dice la probatoria...y certificada por el juzgado....
 #723015  por molinag
 
No le preguntaste como hacer en una pension en la que se completa años anteriores a la inscripcion? a lo mejor hay que llevarlo al causante a que declare...
 #723147  por JulietaM
 
sofia26 escribió:alguien sabe en otras udai como estan aplicando esta circular?'?
Sofía, en la udai Baradero también piden pruebas por los servicios q abarca la 24476, es una locura pero es así. Intrpretan tal cuál cómo lo dice la circular: q hasta el 9/93 no tenés q denunciar en Afip lo abarcado por 24476, PORQUE el iniciador te pedirá las pruebas (aunq ésto vaya contra la ley 24476)
No sé quien redacta las circulares de Anses, pero lo hace muy mal.

Yo estoy por iniciar en capital, me dijeron q Udai centro y Uap no piden pruebas