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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #722330  por drafeijoo
 
Hola!
Mi pregunta es la siguiente: tengo un cliente a quien su ex cónyuge le inició hace un tiempo juicio por alimentos para la hija menor, en Pcia de Bs. As.. Mi cliente siempre le abonó los alimentos, aún antes que ella iniciara el reclamo. Lo que sucede es que ella quiere (y esta obsesiva con ello) que se le fije un porcentaje del sueldo de mi cliente como pauta para la cuota. Lo cierto es que en ese reclamo se le fijaron provisorios. Ella no continuo ese reclamo porque le debía honorarios a su abogada. El expediente no está archivado.
Sin embargo le acaba de llegar una demanda por aumento de cuota iniciado en capital.
Pregunto: El incidente no lo tendría que haber iniciado en pcia., dado que el ppal tramitó allí?
Desde ya, muchas gracias por todo lo que me puedan aportar!
 #722390  por gero
 
Hola, decis el principal, te referis al expte de alimentos en pcia.? el realidad los alimentos se pueden reclamar en la jurisdiccion del domicilio del alimentado o alimentante.-
Te cuento yo tuve un cliente que le iniciaron tres juicios en distintos lugares por aliemntos y termine arreglando en el ultimo juzgado.-
por otro lado esta bien que al menor le pasen alimentos razonables y lo justo seria entre 15/20%, es mas de esta manera el alimentante se evita de pagar nuevos juicios por ajuste de cuota alimentaria.-
Asi que opino que debes contestar demanda dentro del plazo y/o presentarse si ya existe fecha de audiencia y fijacion de cuota provisoria, a fin de evitar que pidan el registro como moroso y le ejecuten algun bien.-
 #722408  por drafeijoo
 
Hola!
Muchas gracias por tu respuesta.
Sin embargo te aclaro algo: ni el alimentante ni el alimentado cambiaron de domicilio. Sigo sin entender porque inicio el incidente de aumento en capital, cuando el expediente de alimentos lo inició en pcia.
 #722497  por simpleestudiante
 
Por lo q yo entiendo el incidente de aumento de cuota se debería haber iniciado junto al expte. principal. Pero por otro lado comentás que todavía no tenés un acuerdo en el juicio por alimentos, entonces de que incidente están hablando. Yo presentaria escrito contestando la demanda por aumento de cuota solicitando la acumulación de acciones, que se remitan las actuaciones al juzgado de provincia donde tramita el expte. principal.

Fijate arts. 188 a 194 CPCCN.
 #722690  por gero
 
En realidad lo que comentan no esta mal, pero no deja de ser una burocracia sin sentido, la acumulacion te llevara un tiempo importante ocioso sin resolver la cuestion, y el menor seguira en la necesidad esperando la decision que plantean los adultos. el derecho de familia tiene un vacio legal en muchos puntos y hay que aplicar la razonabilidad del caso mas que el rigorismo procesal.- Es mas si la tenedora del niño no tiene recursos para solventar el gasto que involucra la peticion de alimentos al padre que tiene la obligacion de darselos, deberia plantear las costas al alimentante, o sea el vencido.-
Yo contestaria demanda en capital y dejo que se archive lo de provincia, es lo mas practico y rapido, siempre que al alimentante le interese la vida y desarrollo de su hijo.-
 #722695  por drafeijoo
 
Gracias por tu reflexión. Pero a modo de anécdota te comento que mi cliente (por iniciativa propia) no se quedó pegado a la cuota provisoria que le fijaron. El la aumentó de acuerdo a los aumentos salariales que recibía. Es más, ambos progenitores trabajan en el mismo lugar y ella gana más que él. Lo que sucede es que la sra. está furiosa porque mi cliente formo una nueva pareja (que además se lleva muy bien con la menor). Todo eso hace que todos los años inicie algo judicial para jorobar. Te puedo asegurar que yo, como profesional, soy la primera en cuestionar si un cliente no pasa alimentos y he llegado a no tomar casos de este estilo. Pero en el caso que nos ocupa, es muy diferente.
 #722702  por gero
 
Bueno te entiendo y respeto tu trabajo, espero que tengas la mejor solucion para este caso. Lamentablemente los padres separados mezclan intereses personales y/o relaciones que no han funcionado y que son ajenos a ello los menores, con el derecho de los menores tirando de ellos sin importar las consecuencias.- Un saludo.-