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 #60648  por Iris
 
Hola a todos, yo la verdad tengo un par de dudas.

Primero hay que hacer el reclamo ante el lugar que informa que tenemos con dicha entidad la deuda ej bco galicia verdad? E intimarlo a su vez para que ellos comuniquen la situación a la Dirección de datos personales, para que estos borren a la persona de todas las bases de datos que informan dicha situación. Paralelamente intimamos por lo mismo al veraz? Entendí bien?

Y si esto no tiene efecto que se hace? Reclamo directo ante la Dirección de datos personales y luego si no hay respuesta recién el amparo???

Otra cosa que es el CEIC? Y las intimaciones si se hace en vez de por carta doc., por nota firmada por el cliente damnificado, las podemos diligenciar nosotros, o es un trámite particular?

Por último antes de intimar tendriamos siempre que pedir un historial al BCRP de los últimos 5 años, pedir un veraz y verificar si hay juicio abierto ¿El pedido al Banco central va por simple nota firmada por el cliente??

Hay perdonen que haga tantas preguntas, pero la verdad hace poco que ejerzo y no tengo muy claro como es el procedimiento para reclamar por problemas de derecho del consumidor...

Saludos y GRACIAS
Iris

 #61183  por Iris
 
Entendí bien?

 #61193  por Sailaw
 
Que cosa?

 #61554  por Iris
 
basicamente toda la explicación de Shailem, lo explico muy extensamente pero al menos yo me enrede un poco, por eso puse lo que entendi en el post anterior, pero no se si capte bien lo que explico, por eso preguntaba...

 #61564  por FRANSIXTO
 
TE PASO LOS DATOS PARA PEDIR BAJA EN VERAZ:teléfonos 4348-4463/4348-4300 ; Della Paolera 265, 4º Piso, Capital Federal o PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com.ar
Te envío ademas una solicitud para requerir rectificacion o supresión de datos, DATOS DEL RESPONSABLE DEL BANCO DE DATOS

Nombre: ..............................................………........................................................................
Domicilio: .................................................………….................................................................
C.P.................. Localidad: …..................................….............................................................
Provincia: ………………………………………………………....................................................................

DATOS DEL SOLICITANTE (TITULAR DE LOS DATOS PERSONALES)
D./Dª. ...................................................………………………......................., con domicilio en ………………………...................................................... Nº .....…... piso ………. depto. ……, Localidad …………............................................ Provincia de ....................................……......, C.P. ..............., teléfono …………..………….., con D.N.I ...……..................., del que se acompaña fotocopia, por medio del presente escrito manifiesta su deseo de ejercer el derecho de rectificación / actualización / supresión, de conformidad con el artículo 16 de la Ley Nº 25.326, y el artículo 16 de su Decreto Reglamentario Nº 1558/01.

SOLICITO:
1. Que en el plazo de cinco (5) días hábiles desde la recepción de esta solicitud se proceda gratuitamente a la rectificación/actualización/supresión, de los datos relativos a mi persona que se encuentren en su base de datos. Los datos que deberán rectificarse/actualizarse/suprimirse se enumeran en la hoja anexa al presente, se acompañan los documentos que acreditan su veracidad.

2. Que me comuniquen por escrito a la dirección arriba indicada, la rectificación/actualización/supresión de los datos una vez realizada.

3. Que para el caso que el responsable del banco de datos considere que la rectificación/actualización/supresión no procede, lo comunique en forma motivada, por escrito y dentro del plazo de cinco (5) días.

Se deja constancia que si transcurre el plazo sin que en forma expresa se conteste la petición efectuada, ésta se entenderá denegada, en cuyo caso se podrá interponer el reclamo ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales y quedará expedita la vía para ejercer la acción de protección de los datos personales, en virtud de lo dispuesto por el artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 25.326.

En................................... a los ........... días del mes de............................. de 20.....


¹ Los derechos se ejercen ante el responsable del banco de datos: Organismo Público o Privado, empresa, profesional o particular, que es quien dispone de los datos. La DNPDP no dispone de sus datos personales.

 #61565  por Iris
 
Muchas gracias
:) Iris
 #62793  por horacio_1957
 
Hola:

que pasa si una deuda tiene 25 años ?

Es de una entidad financiera en liquidación. naturalmente esto esta en el B.C.RA.


muchas gracias

 #62820  por Sailaw
 
Una deuda puede tener 25 años o más, y puede no estar prescripta, si existió sentencia en juicio, y tramite de ejecución de sentencia, depende de los casos puede tener vigencia y ser exigible. (Casos de interrupción y/o suspención de la prescripción, novación)

 #62848  por Iris
 
Igualmente fijate, porque hay fallos que dicen que la actio judicati, prescribe. Esto es desde que inicias la ejecución se interrumpe la prescripción y empieza a correr un nuevo plazo de 10 años (con suspensiones y/o posibles interrupciones en el medio - hay que ver el expediente)
Pero igual la mayoria de los fallos esta a favor de la imprescriptibiliad de la actio judicati, como dice con mucha razón Sailaw.
Saludos
Iris
 #62921  por horacio_1957
 
Gracias por las respuestas.

¿No puedo obligar al BCRA a que deje de informar, a pesar de que el juicio sigue? Para colmo es x la famosa 1050.

Saludos Horacio

 #72377  por Marian Doc
 
Hola! Mi consulta es por un tema muy parecido al de claukp

Mi mamá tiene una deuda con uns tienda de ropas q emite su propia targeta de compras, la cual fue contraida hace ya 10 años en el 97, ella hizo un contrato de pago en el 99 el cual no pudo cumplir debido a q viviamos tiempos dificiles en esa epoca, la deuda original era por $250. al celebrar el convenio de pago con los honorarios , etc la deuda ascendio a mas de $900, ella pago 3 cuotas y quedo debiendo $350, por lo cual figura en el veraz pero por una deuda de $71. Igualmente el convenio ya cayo ...pero ella continua siendo informada en el veraz. Yo quice llegar a un acuerdo de pago con esta empresa, para cancelar la deuda y poder salir del veraz pero quieren cobrarme $750 en concepto de capital + intereses lo cual es injusto. Debido a que estudio derecho ( me faltan 5 materias para ser abogada) y en virtud del fallo de la corte sobre la "prohibicion de informar " sobre deudas por targetas de credito ( art. 53 de la ley de targetas de credito N° 25.065) envie una carta documento a esta empresa para que dejen de informar a veraz sobre esta deuda, ya que la ley de tragetas de creditos lo prohibe y la ley de porteccion de datos personales tambien lo hace cuando han trancurrido 5 años desde que no se produjo ningun recalmos mas por parte del acreedor, es lo q se llama "derecho al olvido" si mal no tengo entendido. El hecho es que no respondieron,a mi carta y yo quiero hacer valer mi derecho ante la Direccin Nacional de datos personales, pero no se cuales son los pasos a seguir y si deberia intimar a Veraz o no. mediante una carta doc tal como lo hice a la empresa acreedora. en conclusion... vos bien??
Desde ya muchas gracias x su atencion!
Salu2 :wink:

 #72388  por Marian Doc
 
O sea, q si mal no entendi, segun lo que explico Sailaw tendria q inteimar de la misma manera q lo hice al acreedor ( mediante carta documento), al Veraz para q dejen de informar sobre dicha deuda y si veraz continua informando, recien ahi tendria q ir a la Direccin Nacional de Proteccion de datos personales para q ellos tomen las medidas correspondientes q en este caso seria: me borren del veraz!
Aca viene mi pregunta: El pedido lo hago mediante el formulario de supresion de datos personales ? Ante la Dir Nac de Prot de datos personales, o se lo envio a Veraz ? Y es para veraz o para la empresa emisora de la trageta de credito ?
Espero alguin pueda responder mis dudas...
Gracias de nuevo! :wink:

 #72404  por REDLEY
 
Marian Doc, yo lo que hago es intimar al Banco (o entidad que informo la deuda) y tambien a las empresas de informe DECIDIR, NOSIS, VERAZ una por una, en una carta simple (ni pago los $28 de la CD) que me hago sellar en cada empresa.

Esperá al 5to día, y volve a pedir todos los informes, y si no rectificaron la info, ahi al toque sorteas caratula, metés un escrito de HABEAS DATA en el juzgado contra cada empresa por separado (te van a tocar distintos juzgados).

Cuando corren traslado generalmente "informan que la información ya ha sido rectificada" pero como tuviste que iniciar el juicio por la desidia de ellos, los condenan en costas y te regulan $ 500 (igual que el minimo para el amparo) y siempre te los pagan.

Nunca hice reclamos en la Dirección de Datos Personales.

Espero que ayude. Saludos.

 #72420  por Shailem
 
Hola buenos días a todos: es verdad lo que dice Redley, ya ni conviene reclamar ante la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales por el tiempo que se toman.-
Respecto a las dudas de los 5 años hay bastante Jurisprudencia respecto del tema. Yo les sugiero que lean 1º La Ley de Hábeas Data 25.326, junto con su decreto reglamentario obviamente 1558/2001, también los últimos Dictámenes de la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, el de la Central de Gestión de la Información del Banco Central y el del Procurador General del Tesoro.-
Una vez que lean esto, les va a quedar en claro que la exigibilidad de la deuda no está en juego cuando lo que se reclama es el tiempo de permanencia de los datos en las Bases. Art. 26 Ley 25.326 Derecho al Olvido.
Si tienen que enviar una Carta Doc. a cada Base de Datos es costoso. Les conviene esas Cartas Doc. remitirselas al Banco Informante al menos la 1º vez luego sigan con Notas recepcionadas por la Entidad (fecha y firma).-
La Ley de Hábeas Data dice que el trámite es personal o por apoderado.
Tengan en cuenta que ese famoso plazo de 5 años se cuenta a partir que la deuda se torna exigible es decir desde la mora.- Si es una obligación en cuotas, la mora se cuenta desde que el acreedor decide reclamar el capital por todas.-
Si esta etapa administrativa no resulta entonces se abre la vía Judicial mediante Amparo en donde se puede relacionar a todos en el mismo según a Ud. les convenga.-
No se olviden de leer la Ley de Hábeas Data de la CABA también!!
Y para el que preguntaba que es la CEIC es la Cámara de Empresas de Informes Comerciales, allí deben estar registradas todas las Bases de Datos.-
Un abrazo .... espero no haberlos confundido .........
"Una velada en que todos los presentes estén absolutamente de acuerdo es una velada perdida"

 #106873  por Dra. E.
 
Alguien sería tan amable de facilitarme un modelo de habeas data? Dede ya muchísimas gracias.