Estimados tengo una sucesión para abrir ( ya terminada la declaratoria ) en donde heredan la viuda y 3 hijos, tengo 3 inmuebles, mi consulta es que si puedo pedir que se pague solo el 50% de lo que correspondería de tasa, por ser el 50% restante ya de propiedad de la viuda por división de la sociedad conyugal, o si al margen de esto tengo que pagar el 100% de la tasa.-
Aclaro que estoy en Córdoba Capital.-
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