SUMARIO
CAUSANTE: Leiva Federico Ezequiel, ...
MATERIA: DECLARACION DE INCAPACIDAD – CURATELA
DOCUMENTACION ACOMPAÑADA: (2) – CERTIFICADO DE NACIMIENTO (2) – CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD (2) – CERTIFICADOS DIAGNOSTICO MEDICOS (2) FOTOCOPIAS DNI (2) certificado de atención medica
SOLICITA DECLARACION DE INCAPACIDAD – CURATELA DEFINITIVA
EXCMO. TRIBUNAL:
Leiva Mónica Adriana, por derecho propio, con domicilio real en la calle Japón Nro. 1372., de la localidad de Pablo Noguez, Partido Malvinas Argentinas, Pcia. De Buenos Aires, en mi carácter de peticionante, conjuntamente con mi letrada patrocinante Dra. Verduguez Mirta A. Tº XLIII Fº 249 CASI (CUIT 27-17617.182-6) Monitributista , constituyendo ambas domicilio procesal en .Av. R Balbín 1735 Casillero Nº 2893. De la Ciudad de San Martín, a V.E., respetuosamente me presento y digo que:
I.- OBJETO:
Que vengo a solicitar la DECLARACION DE INCAPACIDAD de don Leiva Federico Ezequiel, con domicilio real en la calle Japón Nro 1372, de la localidad de Pablo Noguez, Partido Malvinas Argentinas, Pcia. De Buenos Aires, en los términos del Art. 141 del Código Civil.
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II.- ACREDITA VÍNCULO
LEGITIMIDAD: Con las Partidas de Nacimiento, certificada ante el Registro Nacional de las personas de Santiago del Estero adjunto , se acredita el vinculo Leiva Monica Adriana, según consta en el Acta Nº 1046. . del libro del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Santiago del Estero. -
De cuya unión entre Ana María Ramírez de Leiva y Raúl Héctor Leiva nació . , el día .24 de junio de 1965, en el Departamento cap de santiago del estero.,
Con lo cual me encuentro debidamente legitimada para promover la presente acción, conforme lo dispuesto en el Art. 144 Inc. 2º del Código Civil.
III.- HECHOS:
Desde su nacimiento mi hermano comenzó a tener incapacidades motrices y mentales, necesitando una atención permanente. Diariamente le preparo su comida, le lavo su ropa, le doy su medicación entre otras tareas. Mi hermano padece de esta incapacidad desde su nacimiento, sin embargo puede desplazarse, comer e higienizarse solo, y tiene dificultades en el habla , Su atención me demanda tiempo y dinero, dado que debo trasladarlo para que sea atendido por sus médicos, comprarle remedios, su vestimenta .-
Teniendo en cuenta que ni mi marido ni la que suscribe percibimos un salario que nos permita afrontar tantos gastos debida a la situación económica que vivimos , tramitamos una pensión por incapacidad a favor de mi hermano Federico Ezequiel Leiva , en el Municipio de San Miguel. Y la OBRA SOCIAL PROFE me requirió a fines de seguir teniendo acceso a tal beneficio la Declaración de Incapacidad Judicial de mi hermano, a fines de poder llevar adelante mi cometido como hermana con esta ayuda económica que me brindan
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IV. ACREDITA ENFERMEDAD MENTAL DE LA CAUSANTE
A los efectos de cumplimentar con lo establecido en el art. 618 del CPCC acompaño Certificados de Discapacidad de mi hermano. Federico Ezequiel Leiva , extendidos por la Junta Medica Descentralizada de la Municipalidad de Malvinas Argentinas , con fecha ..14/04/2010, firmados por el Dra. Silvia Dipasquale., Director del Htal. Municipal Dr. Ezio José Vercesi; Dr. Armando martin Mar.: especialista en Medicina Legal Ignacio Montu del Servicio Medico Laboral y Dr. Mónica Ana Escherman medica psiquiatra quienes dictaminaron que mi hermano presenta Síndrome de Dawn, con un 76% de GRADO DE DISCAPACIDAD presentando una DISCAPACIDAD TOTAL, PERMANENTE de tipo MENTAL, considerando necesario, los profesionales firmantes , se gestione la CURATELA. Asimismo adjunto certificado extendido por la Dirección Ministerio de Salud Ley 22.431 de Ayuda y Promoción a la Persona Discapacitada (Doc. “D”) firmados por la junta evaluadora de la discapacidad de Servicio Nacional de Rehabilitación junta 4 médicos firmantes: Presta Vanina 100131Dr. Santiago Luis Cane MA. 48.284 y Licenciado Gustavo Ursztein M .Nº 1.146 quien certifica que Federico Ezequiel Leiva padece Diagnostico: SINDROME DE DAWN
V.- CURADOR PROVISIONAL
Solicito se designe curador provisional a un abogado de la Matricula de Colegio Publico respectivo (art. 620 Inc. 1º del CPCC).-
A los efectos de proteger el patrimonio y los bienes propios de la causante pido se decrete la inhibición general de bienes. Oficiándose al Registro de la Propiedad Inmueble de la Pcia. De Buenos Aires.-
VI.- PERITACION MÉDICA
Solicito se fije termino para la producción de la prueba y se designe tres médicos psiquiatras o legistas (Art. 620 Inc. 3 del CPCC) para que efectúen el examen de la denunciada, con el diagnostico de su enfermedad y demás conclusiones exigidas en el Art. 625 del código indicado.-
VII.- PRUEBA:
A fines de acreditar el estado mental de la causante y lo manifestado ut supra, propongo la siguiente prueba:
a) TESTIMONIAL: Solicito se designe audiencia en el plazo fijado en el Art. 620 Inc. 2º del CPCC, proponiendo como testigos a las siguientes personas:
Ramón Yedro , con DNI .30.230.383., con domicilio real en la calle .Gómez de Laserna Nº 1350 de la localidad de Pablo Noguez Pdo. Malvinas Argentinas.-
Ramón Rosa Mansilla , con DNI.7.914.810..., con domicilio real en la calle .Japón Nº 1389 ...de la localidad de Pablo Noguez Pdo Malvinas Argentina .
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Mario Andrés Juárez , con DNI .26.491.528, con domicilio real en la calle ..Japón Nº 1375., de la localidad de Pablo Noguez.-
VIII.- COMPETENCIA:
V.E. es competente para entender en la cusa pues el domicilio de la causante se encuentra dentro de vuestra jurisdicción.-
IX. PETITORIO:
Por todo lo expuesto a V.E. solicito
a) Se me tenga por presentada, por parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal indicado.-
b) Se agregue la documentación acompañada.-
c) Se designe Curador provisional y se decrete la inhibición general de bienes, oficiándose al Registro mencionado.-
d) Se designen tres médicos psiquiatras y/o legistas para el examen pertinente.-
e) Se designe primera audiencia para que presten declaración testimonial los testigos ofrecidos en el punto VII.- a).-
f) Se autorice a las Dra. Verduguez Mirta A. a examinar el expediente, dejar escritos, retirar copias, diligenciar cedulas, oficios, efectuar desgloses y/o cualquier otro tramite necesario para la continuidad de este proceso.-
g) En su oportunidad, previos tramites de ley y vista al Sr. Asesor de Menores e Incapaces, se decrete la incapacidad civil de don Federico Ezequiel Leiva, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 140, 141 y 143 del Código Civil y se me designe Curador Definitiva de la misma.
Proveer conforme que
SERA JUSTICIA.-