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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #706085  por rosariolam
 
Hola foristas!!!
Quería hacerles una pregunta respecto de una pensión directa . El Señor fallecido tenía inscripción como autónomo.

Sr. nació el 06 de Septiembre de 1950 ( aqui radica el problema porque no llego a los 30 años por la moratoria) y falleció el 20 de Abril de 1996

aportes :
en rr.dd
01/73 al 12/73: 1 año
01/75 al 09/75: 9 meses
10/78 al 12/78: 3 meses
04/78 al 10/78: 7 meses
01/79 al 08/79: 8 meses
11/79 al 12/79: 2 meses
01/80 al 08/80: 8 meses
11/82 al 12/82: 2 meses
01/83 al 03/83: 3 meses
01/84 al 12/84: 1 año
01/85 al 12/85: 1 año
09/92 al 12/92: 4 meses
01/94 al 02/94: 2 meses
y como autónomo:

07/94 a 07/94 : 1 mes
09/94 a 11/94: 3 meses

Mi idea es llegar a los doce meses dentro de los 5 años de fallecido y los 15 años completarle los aportes que tiene con la moratoria.
Tengo tres preguntas.
1- Tengo 10 meses de aportes efectivos dentro de los últimos 5 años de los cuales 4 son como autónomo . Puedo comprarle los dos meses que me faltan ya sea por moratoria o en la categoría de autónomo que se inscribió.
2-Puedo completar los 15 años de aportes mediante la moratoria ley 24476 o no es posible?
3-Alguien a intentado algo similar y de haberlo hecho la pensión me la van a denegar y tendría que recurrir a la carrs?
Muchas gracias por su colaboración. Saludos!
 #706147  por arielruiz86
 
La regularidad de 30/36 o 18/36 o la irregularidad de 1 año dentro de los ultimos 5 años no se compra con moratoria.
 #706158  por rosariolam
 
gracias ariel por tu respuesta.
Me quedó claro con tu respuesta de que no puedo comprar la regularidad con la moratoria pero puedo comprar 2 meses de autonomo en el año 94 fecha en la cual tiene una inscripción y asi completar los doce o tampoco se puede? y adicionalmente los 15 años si puedo completarlos con la moratoria no? Te agradezco mucho tu ayuda
 #706320  por arielruiz86
 
No, porque en terminos del Decreto Nº 460/99 esos dos meses no estan pagos dentro del mes del vencimiento.
 #706329  por rosariolam
 
Muchas gracias Ariel por tu respuesta!! No me queda otra que la viuda consiga de algun modo la certificación de servicios del año 93 que el esposo trabajo en rr.dd y no figura en sijp. Muchas gracias nuevamente y saludos!!!!
 #706374  por ISIS
 
rosariolam escribió:Muchas gracias Ariel por tu respuesta!! No me queda otra que la viuda consiga de algun modo la certificación de servicios del año 93 que el esposo trabajo en rr.dd y no figura en sijp. Muchas gracias nuevamente y saludos!!!!
Y de autónomo: Que inscripciones tiene? tal vez podrias ir por los 30...
 #706376  por ISIS
 
ISIS escribió:
rosariolam escribió:Muchas gracias Ariel por tu respuesta!! No me queda otra que la viuda consiga de algun modo la certificación de servicios del año 93 que el esposo trabajo en rr.dd y no figura en sijp. Muchas gracias nuevamente y saludos!!!!
Y de autónomo: Que inscripciones tiene? tal vez podrias ir por los 30...
No...fallecio en el 96, no llegaria...
 #724728  por rosariolam
 
Hola foristas! Quería consultarles siguiendo este caso. las dos empresas en donde trabajo el fallecido dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento no existen mas pero la viuda me consiguió los recibos de sueldo por lo cual llegaría al requisito de los doce meses dentro de los cinco años de fallecimiento. Mi consulta es la siguiente: 1- Tengo que enviar telegrama a la empresa solicitando la certificación de servicios como la empresa no existe mas me va a venir el telegrama rechazado y tengo que presentar el telegrama mas los recibos de sueldo, es asi?
2- En este caso esos meses de servicios que hago valer mediante recibo de sueldos y que no figuran en sijp van a verificar o no? Los meses son desde Mayo de 91 a Diciembre de 91. Saludos a todos!
 #724734  por ISIS
 
rosariolam escribió:Hola foristas! Quería consultarles siguiendo este caso. las dos empresas en donde trabajo el fallecido dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento no existen mas pero la viuda me consiguió los recibos de sueldo por lo cual llegaría al requisito de los doce meses dentro de los cinco años de fallecimiento. Mi consulta es la siguiente: 1- Tengo que enviar telegrama a la empresa solicitando la certificación de servicios como la empresa no existe mas me va a venir el telegrama rechazado y tengo que presentar el telegrama mas los recibos de sueldo, es asi?
si
2- En este caso esos meses de servicios que hago valer mediante recibo de sueldos y que no figuran en sijp van a verificar o no? Los meses son desde Mayo de 91 a Diciembre de 91. Saludos a todos!
Si, seguramente iran a verificar y luego evaluaran las pruebas y decidiran si te los reconocen o no...podrias ofrecer tambien testimonial de 2 xompañeros de trabajo...
Si tenes 12 meses dentro de los ultimos 6 años tendrias que completar 15años.
 #724841  por rosariolam
 
Gracias por tu respuesta Isis. No creo poder ubicar a compañeros de trabajo para que presten su testimonio. En sijp me figuran algunos periodos para esa empresa por eso la idea era presentar los recibos de sueldo dentro de los uyltimos cinco años y completar los 15 años con la moratoria. Estarìa bien asi?
 #725019  por ISIS
 
rosariolam escribió:alguien sabe?
En mi opinion podes intentarlo, a mi me han reconocido años que no figuraban en sijp pero tenian recibos, no te olvides de enviar los telegramas solicitando la certif.de serv. y ponele de tal período a tal periodo trabajados para vuestra empresa o para Ud...