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  • IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL

  • A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #538050  por drapaz
 
HOLA A TODOS: LES CUETO QUE ME HA LLEGADO EL SIG. CASO: UNA MENOR DE 20 AÑOS, CONCURRE AL ESTUDIO Y QUIERE SACARSE EL APELLIDO PATERNO (OPERADO POR RECONOCIMIENTO). EL TEMA VIENE PORQUE HAY UNA CAUSA PENAL DE ABUSO HACIA LA RECONOCIDA POR EL RECONOCIENTE QUE YA SE HA RESUELTO EN CONTRA DLE MISMO Y HA SIDO CONDENADO A TRES AÑOS Y CUATRO MESES DE PRISION
AHORA ELLA QUIERE SACASRSE ESE A`PELLIDO QUE TANTO LA MORTIFICA POR TODO LO OCURRIDO.
LA PREGUNTA ES:
¿LA VIA ES LA ACCION DE IMPUGNACIN DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD EXTRAMATRIMONIAL?
¿PUEDE ELLA CON 20 AÑOS INICIAR LA ACCION?
GRACIAS A TODOS, ES MI PRIMERA VISITA AL FORO.
 #538372  por Pato272727
 
A partir del 1/1/2010 es mayor de edad. La impugnación del reconocimiento solo sirve para desplazar a aquel que reconoció como propio a un hijo biológicamente ajeno. En tu caso deberías buscar en la ley del nombre a ver si hay algun tipo de acción. Creo que hay algo de "justos motivos " para cambiar el nombre y me parece que tu caso podría entrar ahi pero no se mucho de nombres, solo de flia.
 #538435  por cecicarla
 
Coincido con Pato, la accion de impugnacion de reconocimiento se promueve cuando el reconociente no es el padre biologico y usualmente se pide ADN, por lo que expresaste quiere sacarse el apellido por otros motivos ... .-
Pato272727 escribió:A partir del 1/1/2010 es mayor de edad. La impugnación del reconocimiento solo sirve para desplazar a aquel que reconoció como propio a un hijo biológicamente ajeno. En tu caso deberías buscar en la ley del nombre a ver si hay algun tipo de acción. Creo que hay algo de "justos motivos " para cambiar el nombre y me parece que tu caso podría entrar ahi pero no se mucho de nombres, solo de flia.
 #545056  por antihique
 
Llevará el de la madre

Autorizan cambio de apellido por abandono paterno
28/10/2009 06:04 | Se lo había negado un juez de primera instancia. Pero la Cámara de Apelaciones le concedió el derecho de no usar más el apellido del padre que la abandonó. Ahora usará el de la madre. Un caso poco habitual.

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Una mujer que se sintió "deshonrada" por su entorno y que fue víctima durante muchos años de un marcado "rechazo y desinterés paternal", logró que la Justicia Civil y Comercial de Rosario la autorice a cambiar su apellido paterno por el materno. La demandante argumentó que el mantenimiento del apellido del padre le "repercutía grave y nocivamente en el equilibrio psíquico y social".

En 2007, M.E presentó una demanda en el juzgado Civil y Comercial Nº 14 de los Tribunales provinciales para que la autorizaran a quitar del DNI el apellido de su padre y poner el de su madre.

La solicitud se fundó en una "situación de frustración" que sufrió durante toda la vida como consecuencia del abandono del que fue víctima y por la falta de conocimiento de su padre.

Explicó en el juzgado que la modificación del apellido le permitiría consolidarse como persona íntegra y en su carrera profesional. Los padres de la chica se divorciaron en 1996 y el papá murió en el 2000.

Negativa. En octubre de 2007 mediante la resolución 2.901, el juzgado de primera instancia rechazó el pedido de la mujer. Se sostuvo que en el caso no se advertían elementos probatorios que acreditaran la existencia de "justos motivos" para acceder a la modificación del apellido.

Esa sentencia fue apelada por los abogados de la mujer, quienes también utilizaron como sustento un dictamen favorable del defensor general y de la Fiscalía de Cámaras. El expediente pasó a resolución de la sala primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario, compuesta por los jueces María Mercedes Serra, Ariel Ariza y Ricardo Silvestri.

Motivo justo

El Tribunal revirtió el falló y a fines de abril de este año otorgó a M.E el permiso para tramitar el cambio de apellido en su documento.

Para los jueces, el testimonio de la demandante fue fundamental. "Corrobora los justos motivos invocados. Alegó sufrir una situación de frustración como consecuencia del abandono del que fue víctima y por la falta de conocimiento de su padre", dice el dictamen.

"Cabe tener en cuenta que tratándose de un asunto íntimo, los familiares y los amigos suelen ser los testigos más calificados para corroborar las situaciones que invoca la demandante. Examinando las particulares circunstancias del caso, se considera suficientemente acreditada la existencia de justos motivos para declarar procedente lo solicitado en la demanda", expresan entre sus argumentos los magistrados para otorgar la autorización.

Así, en acuerdo de mayoría, la sala primera de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Rosario declaró procedente el recurso de apelación interpuesto, revocó la resolución y, en su lugar, autorizó el cambio de apellido paterno por el materno tal cual lo había solicitado la mujer.

Queda mejor

En el Registro Civil detallaron que el trámite de cambio de apellido paterno por el materno “no es habitual”, y que indefectiblemente se debe realizar en los Tribunales provinciales. Lo que sí es más común es que las personas quieran tener doble apellido, y suman al DNI también el materno.