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  • me verificaron sdm, ahora me piden pago de intereses!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #719070  por Aimael
 
Hola chicos les cuento inicie el tramite 14/05/2010, pago el 12/05/2010 sdm, verificaron primeros dias de abril de 2011 y con fecha 05/05/2011 despues de tantos reclamos me citaron para agregar pruebas, las pruebas?: pago de intereses del sdm mi duda es como pagarlos? 105 y575 cada uno pòr los intereses de calculadora de afip est bien? un colega me dijo q pregunte en la udai que me toco a ver como los quieren!
 #719084  por diegomdp
 
los intereses de sdm se pagan de igual manera no importa la udai, si queres saber como pagar los interes usa el buscador del foro vas a encontrar mil post de lo mismo,
ahora salvo que te guste regalarle plata al estado en tu caso no son exigibles los intereses lo establece la resolcion conjunta 2448 afip y 466/10 anses lo cual esta aclarado en la circualr 30/10 donde dice
La Resolución Conjunta Nº 2848 (AFIP) y Nº 466/10 (ANSES) rije a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial (16/06/10) según lo establecido en su artículo 9º, es decir desde el 17 de junio de 2010 y comprende a los que soliciten turno de atención a partir de esta última fecha.
 #719090  por Aimael
 
yo lo habia ledio tb mira el lunes me voy a acercar a la udai con la resolucion en manos a ver que pretenden, porque cuando los pagamos no estaba esto del sdm en sicam, es obvio que ahora me da la deuda, pero por otro lado te cuento que esto es un reco, ya lo tengo en el sicam y si le liquido para la jubilacion y la ingreso ahora en unos meses me van a pedir que los pague, entonces de no pagarlos ahora, solo lo dilataria en el tiempo¨!
 #719292  por ale_7500
 
Me permito disentir: los intereses siempre fueron exigibles por reglas generales del Código Civil: si pagás tarde debés intereses desde el derecho romano para acá
Lo que pasa que antes de dichas resoluciones ANSES hacía la vista gorda, pero eso no significa que no fueran obligatorios su pago.

El cálculo lo hacés desde que se debió pagar cada posicioón mensual y hasta la fecha en que se pagó: los formularios 102/b (compensatorios y punitorios) y 5757b (ambos también) Lo hacés mediante la calculadora de intereses.
 #719604  por diegomdp
 
ale_7500 escribió:Me permito disentir: los intereses siempre fueron exigibles por reglas generales del Código Civil: si pagás tarde debés intereses desde el derecho romano para acá
Lo que pasa que antes de dichas resoluciones ANSES hacía la vista gorda, pero eso no significa que no fueran obligatorios su pago.

El cálculo lo hacés desde que se debió pagar cada posicioón mensual y hasta la fecha en que se pagó: los formularios 102/b (compensatorios y punitorios) y 5757b (ambos también) Lo hacés mediante la calculadora de intereses.
es verdad lo que decis pero tambien es verdad que anses no tiene competencia para pedirlos sino solo a partir de los turnos solicitados a partir del 17/06 por lo que la resolucion conjunta es obligatoria para los empleados de anses asi como tambien la circular 30/10
ellos deben respetar su normativa, para eso la dictan las gerencias, y si quieren que comuniquen a la afip dicha cuestion par que ellos se encarguen del cobor de los intereses conforme art 37 ley 11683 y creo que el 11 de la rg 2055
 #719608  por diegomdp
 
Aimael escribió:yo lo habia ledio tb mira el lunes me voy a acercar a la udai con la resolucion en manos a ver que pretenden, porque cuando los pagamos no estaba esto del sdm en sicam, es obvio que ahora me da la deuda, pero por otro lado te cuento que esto es un reco, ya lo tengo en el sicam y si le liquido para la jubilacion y la ingreso ahora en unos meses me van a pedir que los pague, entonces de no pagarlos ahora, solo lo dilataria en el tiempo¨!
no porque si te lo reconocen despues no tenes obligacion de agregarlos al sicam porque ya estan reconocidos en un expediente previsional previo, hace unos dias salio una modificacion en sica que explica como deben los iniciadores cargar los periodos de sdm reconocidos en expediente previsional previo
 #719674  por sanher
 
Aimael escribió:Hola chicos les cuento inicie el tramite 14/05/2010, pago el 12/05/2010 sdm, verificaron primeros dias de abril de 2011 y con fecha 05/05/2011 despues de tantos reclamos me citaron para agregar pruebas, las pruebas?: pago de intereses del sdm mi duda es como pagarlos? 105 y575 cada uno pòr los intereses de calculadora de afip est bien? un colega me dijo q pregunte en la udai que me toco a ver como los quieren!
Por lo menos Anses cumplió en citarte para que agregues pruebas, en cambio otras UDAI no lo hacen y directamente te rechazan el trámite. Te felicito, tuviste suerte.
En cuanto a como se paga el capital y los intereses, hay miles de post dondes encontrar todas tus respuestas, buscá los post de MARIO1943, alejandra01 fabidoc y arielruiz y otros mas que te explican como llenarlos. Tratá de no abrir nuevos post en relación a estos temas ya analizados, se desordena los post y se genera caos.
 #719830  por marita20
 
Dramamita y todos, el tema es así,a la sra. le hicieron una 24476 que la viene pagando de 2008 pero tmbn le hicieron comprar SDM desde 04/2000 hasta 06/2004 pagando en ese momento $ 55 (lo que era antes), la cosa es que cumple la edad juli ahora y la 24476 está bien, pero SDM lo presento ahora. Entonces les pregunto, ¿tendré que recalcular todo y sdm c/ interés? Alguien la ha pasado estoooooooooooo?
*leo*
 #719935  por ale_7500
 
Diego: el ANSES tiene competencia para pedir los intereses, porque hay presentar las deudas pagas, de lo contrario haríamos la moratoria y no pagaríamos ni la primer cuota e igual iniciaríamos y eso no es así.

LO que ANSES no tiene competencia es para determinar el monto a pagar: o sea lo que sale en el SICAM ellos lo tienen que dar por bueno.

Coincido con la otra forista: hay muchos post al respecto y -mejor aún- se puede consultar en la página de AFIP, en la parte de formularios 102 B y 575 B, está en cada uno de ellos la explicación detallada de como llenarlos, como hacer el cálculo de intereses, fechas de vto del 20 y del 23 etc. Sugiero su impresión y trabajo con el mismo al lado, es más fácil que leer los post
 #720049  por dramamita
 
marita20 escribió:Dramamita y todos, el tema es así,a la sra. le hicieron una 24476 que la viene pagando de 2008 pero tmbn le hicieron comprar SDM desde 04/2000 hasta 06/2004 pagando en ese momento $ 55 (lo que era antes), la cosa es que cumple la edad juli ahora y la 24476 está bien, pero SDM lo presento ahora. Entonces les pregunto, ¿tendré que recalcular todo y sdm c/ interés? Alguien la ha pasado estoooooooooooo?
*leo*
si marita, ahora tenes que reliquidar todo, pidiendo de baja ese sicam antiguo y anexando el D89 del sdm, en detalle de deuda vas a visualizar la deuda por haber abonado fuera de termino, y si bien en una epoca no exigian intereses, cuestion inexplicable para AFIP............... hoy con deuda no acuerdan beneficio alguno. Tambien tenes que verificar el tema del dador !!!!!
 #725469  por Aimael
 
vuelvo otra vez con este post, porque el 24/06 se me vence el plazo de 30 dias, ya fui 3 veces a Anses y nadie me sabe dar una respuesta, es por el SDM que me verificaron que me enviaron carta pidiendo que acompañe sicam conforme circular 30/10, recuerdo los datos, inicie el tramite 14/05/2010, pago el 12/05/2010 sdm, me piden pago de intereses, el problema viene porque dice por 20 hs. lo cual me cambia todo el panorama y me genera miedo a que paguen ese dinero y lo denieguen porque yo en el 102 le habia hecho pagar Desde 6 a menos de 12 hs. en el anexo SDM dice 3 veces por semana 3 hs: lo cual me da 9 hs, pero ellos me piden en la carta que acompañe sicam con esos periodos cargados: por 20 hs semanales, si yo le hago sicam por esas hs, pagamos eso, que seguridad tengo que lo admitan? ellos me dicen que Anses no tiene facultad para reclamar los intereses mientras que figuren pagos y yo le lleve el sicam con todo $00 o los comprobantes ellos me lo toman, tambien me dijeron que la primer verif dio negativa ( a lo que les cuento que solo tuvo una verificacion, que gracias a Dios al verificador lo conozco, pero voy a terminar pensando que lo de las verificaciones negativas es un cuento y que muchas veces lo deniegan directamente sin ir) pero tb me leyeron que el empleador dijo q antes no regularizo la situacion porque estab enfermo (jajja cualquiera) pero q de todad formas reconocio que trabajaba para el pero que aparentemente declaro que trabajaba 4 dias 3 hs, lo cual nos da 12, seguimos con la duda porque me piden que pague por 20 hs? que hago, en Anses no tienen idea y yo no se que mas que pensar y el tiempo me corre!
 #725482  por arielruiz86
 
20 hs semanales? debe ser un error, no sera por 12 hs y tipearon mal? Pedi hablar con el jefe o quien dictó la resolución para que te lo aclaren y expliquen. Y si se pagó y declaró en aquella primera presentacion por la cantidad de 9 hs trabajadas semanalmente lo correcto seria pagar ahora el interes con la misma cantidad de horas para que haya relación mas alla de lo que pudo haber declarado el dador de trabajo en la entrevista.
 #725484  por FLORCITA73
 
Creo como Ariel, que debe haber un error en el tipeo. Hay coincidencia entre lo que se pagó con el 102 y
lo que se declaró en el anexo.
Con respecto a lo declarado por el dador, puede no haber coincidencia dado el tiempo transcurrido... podria subsanarse con una nota subsanando .... no ?...