Hola buenos dias.Queria saber si una persona que tiene como obra social a OSPJN ,( se hace atender por esta por problemas oncologicos) esta Obra social la tiene por su esposo que es el titular, le deberian descontar en su jubilacion (cobro el primer haber el mes pasado) por Pami.Es imprescindible que se siga atendiendo por OSPJN, es decir no le serviria Pami por su grave problema.Si ya tiene una obra social, porque le cobran por un servicio que no utiliza???Muchas gracias por la respuesta =)
10 dias para Lucia =)
