Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • autònomo puro. ayuda!

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #725709  por romis_lm
 
Hola foro: estoy haciendo una jubilàciòn de autonomo puro, tiene 34 años de aportes, ahora bien, cuando voy hacer la liquidaciòn, me ecuntro con una deuda de 20.000, en peridos pagos, que a la vez estàn prescriptos, que me conviene hacer, renunciarlos, no lelgo a los 30 y hacer una moratoria, ???? alguien puede ayudarme??
Desde ya muchas gracias!!!
 #725716  por alejandra01
 
tendrías que regularizar por moratoria el período que te permita hacerlo, el resto prescribirlos o renunciarlos (sea deuda de capital o intereses) y fijarte que te falta. Si tenés exceso de edad, años por ddjj. Pero si no llegás a los 30 años no te quedará otra que pagar lo que necesites...
romis_lm escribió:Hola foro: estoy haciendo una jubilàciòn de autonomo puro, tiene 34 años de aportes, ahora bien, cuando voy hacer la liquidaciòn, me ecuntro con una deuda de 20.000, en peridos pagos, que a la vez estàn prescriptos, que me conviene hacer, renunciarlos, no lelgo a los 30 y hacer una moratoria, ???? alguien puede ayudarme??
Desde ya muchas gracias!!!
 #725742  por romis_lm
 
Lo que hice fue cargarlo los 34 años, y le aplique la 24476, me da una cuota baja, 30 de $40, y lo posterior al 9/93, son centavos, eso lo pago, alguien me corrige???
 #725840  por molinag
 
Carga los 34...
anda depurando lo posterior al 9/93 de capital e intereses
Prescribi o renuncia segun el caso los periodos con deuda... no los que son centavos...
Paga lo que te de centavos.....Y fijate corroborar estar en los 30 años!!!
 #725852  por romis_lm
 
molinag escribió:Carga los 34...
anda depurando lo posterior al 9/93 de capital e intereses
Prescribi o renuncia segun el caso los periodos con deuda... no los que son centavos...
Paga lo que te de centavos.....Y fijate corroborar estar en los 30 años!!!
Primero, gracias por responder, si prescribo todos lo que tienen deuda me van faltar 5/6 años, mi duda es siguiente, renuncio o prescribo lo que tiene deuda, y compro los años que faltan, o no renuncio ni prescribo los que tienen deuda anterior al 93, y le aplico 24476???
 #725857  por molinag
 
Estas perdida...hay sustanciales diferencias entre prescripcion y renuncia...buscalas-..
Hasta el 93 toma todo, no importa la deuda, para eso es la moratoria...lo posterior es lo que tenes que depurar y completar para llegar a los 30...paga los intereses de lo posterior al 93...