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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #726904  por leny2010
 
¿Alguien conoce al Juez Federal de la Cámara de la Seguridad Social, Dr. Luis René Herrero? Fue denunciado por ANSeS para separarlo de las causas que tiene a su cargo, denunciando supuestas irregularidades en la tramitación de causas que favorecieron a jubilados

La Anses denunció a un juez previsional
Miércoles 08 de junio de 2011

Desbordada de demandas judiciales, la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), al mando de Diego Bossio, denunció ante la Cámara Federal de la Seguridad Social y ante el Consejo de la Magistratura a un juez de ese fuero, acusándolo de haber cometido irregularidades en la tramitación de expedientes referidos a dos causas en las que los fallos favorecieron a jubilados. Así, el organismo hizo un pedido de recusación del juez y de nulidad de las decisiones.

El juez en cuestión, Luis René Herrero, de la Sala II de la citada cámara, afirmó en un diálogo con La Nacion que las acusaciones referidas a la gestión de la causa remiten a tareas que, al ser vocal de la sala, no le competen, como la elaboración de la sentencia luego de la emisión de los votos. "Según el Reglamento de la Justicia Nacional, es la secretaría de la cámara la responsable de custodiar el expediente." Además, negó tener amistad íntima con el abogado de un demandante, que es otra de las acusaciones que se le hacen.

La presentación sostiene que se alteró el orden en el que los tres jueces debían emitir su voto y que se introdujo un voto en forma conjunta de Herrero con la jueza Nora Dorado, en adhesión al voto del juez Emilio Lisandro Fernández, "cuando en realidad ella [por Dorado] había emitido un voto individual y en disidencia". Las autoridades de la Anses consideran que existió una "animadversión" hacia el organismo por parte de Herrero por la conducta de la que lo acusa, pero lo cierto es que si la votación se hubiera hecho en otro orden, no se habría alterado el resultado de la sentencia, que condenó a la Anses por dos votos contra uno en la causa promovida por Jorge Augusto Aguiar Atienza.

En rigor, la queja había sido expuesta por Dorado en una nota enviada al presidente de la Sala II, el juez Fernández, adjuntada a la causa. Allí, la magistrada señala que "el doctor Herrero equivocadamente y con premura ha insertado su firma en autos con carácter previo a mi intervención".

Dorado expresó dudas respecto de la intervención de Herrero "dado el vínculo de amistad de público conocimiento" con el abogado de Aguiar Atienza. Para acompañar esa acusación, adjunta una búsqueda por Google, de la que surge que Herrero y el abogado Eduardo Podestá de Oro participaron como ponentes en congresos de abogados.

Según la Anses, "la animadversión" del juez se manifiesta en sus dichos públicos. Herrero expresó reiteradas críticas -expuestas también en sus fallos- al hecho de la alta litigiosidad por pagos incorrectos de la Anses y al manejo de los fondos públicos en poder del organismo. "A tal punto no tengo animosidad contra la Anses que para preservarlo las multas previstas en los fallos por incumplimiento son personales" contra Diego Bossio, dijo el juez.

link al artículo:
http://www.lanacion.com.ar/1379817-la-a ... revisional

link a otro artículo:
http://www.elojodigital.com/contenido/9 ... ontra-el-j
 #727001  por noelin
 
q sigan asi!!! lo q pasa q esto no habia trascendido, habria q ponerlo en todas las redes!!!!
 #727057  por noelin
 
EL DR.HERRERO INTEGRA LA SALA II, Q FUE SIEMPRE LA DE AVANZADA EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS JUBILADOS. TENDRA ALGO Q VER????
 #727060  por fabidoc
 
Mejor que Bossio diga que se hace con los fondos de Anses, porque no va a sus destinatarios genuinos. O que se dedique a contestar el pedido de informes que le hizo la Corte, ya que se le està cumpliendo lo 30 dìas.
 #727077  por leny2010
 
Muy buenos comentarios noelin y fabidoc, gracias por contestar este thread, me parece que a estos se les viene la noche. ojala asi sea.
Con respecto al comentario del dr corazo, ojala fuera mentira, pero lo dificulto.
De todos modos son varias las fuentes que lo aseveran. Ustedes son letrados, lo van a corroborar a la brevedad.
Saludos.
 #727120  por diegomdp
 
sin conocer a herrero mas alla de sus fallos, se que bossio es de los peores ejemplares de la politica que tuvo el gobierno k, siempre digo lo mismo o cristina esta en las antipodas de lo que queria nestor para el anses o es muy necia para no darse cuenta del desgobierno que se esta haciendo en anses desde que este muchacho esta al frente del organismo, es de lo peor y con viejas practicas politicas muy clientelistas que uno ya penso que estaban desterradas.
 #727147  por sanher
 
diegomdp escribió:sin conocer a herrero mas alla de sus fallos, se que bossio es de los peores ejemplares de la politica que tuvo el gobierno k, siempre digo lo mismo o cristina esta en las antipodas de lo que queria nestor para el anses o es muy necia para no darse cuenta del desgobierno que se esta haciendo en anses desde que este muchacho esta al frente del organismo, es de lo peor y con viejas practicas politicas muy clientelistas que uno ya penso que estaban desterradas.
Estuve leyendo varios post tuyos, en relación a la circular 69/06. Explicas que la ampliación tecnicamente debería hacerse en sicam2, pero sin analizar supuestos en que no corresponde. La circular 69/06 fue el mejor acierto de anses, los que la redactaron entendían bastante del tema previsional, los fondos son de los jubilados y aportantes es por ello que fue unos de los motivos por el cual se liquidaron las afjp para evitar que los fondos sean un negocio de los privados. Si los fondos se le da otro destino, en mi caso no puedo hacer nada, soy un simple ciudadano lleno de problemas.
El aportante, como son sus fondos, entiendo que puede hacer lo que le parezca, sea agregándole una categoría inferior para extender o reducir deuda o por una más alta para jubilarse con un mejor haber o generar más deuda. En relación a la circular 69/06 tratá de abrir un post y que todos los foristas voten quienes estaban a favor y quienes en contra. En mi caso estoy a favor de la misma.
Vos serías un peligro si ocuparas el lugar de Diego Bossio, serías peor que él.
Siempre haces una critica, entrás como Diegodmp, cuando la persona a la que te referís y criticas se llama igual que vos y vive en tu misma ciudad. No quiero tener problemas con nadie. Pero yo no entré con un nick de Carlos de la Rioja y critico a Carlos Menem. Sinceramente creo que vos sos Diego Bossio, por más que me lo niegues, estoy seguro en un 100 %. No es broma lo que te digo. Si queres ayudar hacelo, pero no nos digas como hacer nuestro trabajo.
 #727158  por arielruiz86
 
Perdon muchachos que lo interrumpa, pero dejando de lado la politica (que es el tema que menos domino y aprecio) y pidiendo disculpa dle caso a los demas foristas por no abrir un nuevo post sobre esto que quiero consultarles a los dos que por lo que he leido en varios post suyos entienden y manejan muy bien el sicam y las leyes actuales previsionales, pero en relación a la circular 69/06 habria que asegurarse primero (o me lo aseguran a mi) si al ampliar o modificar en el sicam 2 y a la vez renunciar todo en el sicam 1 no tiene el mismo efecto de hacerlo todo en el sicam 1? o mejor dicho: si hay pagos incompletos de viejas moratorias que no estan imputados a un determinado periodo el echo de hacerlo el sicam 2 acaso no se imputa a la deuda mas antigua tambien? digo, porque a mi me queda esa duda aún siendo que he echo muchos sicam.....
 #727170  por diegomdp
 
arielruiz86 escribió:Perdon muchachos que lo interrumpa, pero dejando de lado la politica (que es el tema que menos domino y aprecio) y pidiendo disculpa dle caso a los demas foristas por no abrir un nuevo post sobre esto que quiero consultarles a los dos que por lo que he leido en varios post suyos entienden y manejan muy bien el sicam y las leyes actuales previsionales, pero en relación a la circular 69/06 habria que asegurarse primero (o me lo aseguran a mi) si al ampliar o modificar en el sicam 2 y a la vez renunciar todo en el sicam 1 no tiene el mismo efecto de hacerlo todo en el sicam 1? o mejor dicho: si hay pagos incompletos de viejas moratorias que no estan imputados a un determinado periodo el echo de hacerlo el sicam 2 acaso no se imputa a la deuda mas antigua tambien? digo, porque a mi me queda esa duda aún siendo que he echo muchos sicam.....
ariel abri un post nuevo asi no se mezcla el tema con lo del juez herrero
 #727174  por diegomdp
 
sanher escribió:
diegomdp escribió:sin conocer a herrero mas alla de sus fallos, se que bossio es de los peores ejemplares de la politica que tuvo el gobierno k, siempre digo lo mismo o cristina esta en las antipodas de lo que queria nestor para el anses o es muy necia para no darse cuenta del desgobierno que se esta haciendo en anses desde que este muchacho esta al frente del organismo, es de lo peor y con viejas practicas politicas muy clientelistas que uno ya penso que estaban desterradas.
Estuve leyendo varios post tuyos, en relación a la circular 69/06. Explicas que la ampliación tecnicamente debería hacerse en sicam2, pero sin analizar supuestos en que no corresponde. La circular 69/06 fue el mejor acierto de anses, los que la redactaron entendían bastante del tema previsional, los fondos son de los jubilados y aportantes es por ello que fue unos de los motivos por el cual se liquidaron las afjp para evitar que los fondos sean un negocio de los privados. Si los fondos se le da otro destino, en mi caso no puedo hacer nada, soy un simple ciudadano lleno de problemas.
El aportante, como son sus fondos, entiendo que puede hacer lo que le parezca, sea agregándole una categoría inferior para extender o reducir deuda o por una más alta para jubilarse con un mejor haber o generar más deuda. En relación a la circular 69/06 tratá de abrir un post y que todos los foristas voten quienes estaban a favor y quienes en contra. En mi caso estoy a favor de la misma.
Vos serías un peligro si ocuparas el lugar de Diego Bossio, serías peor que él.
Siempre haces una critica, entrás como Diegodmp, cuando la persona a la que te referís y criticas se llama igual que vos y vive en tu misma ciudad. No quiero tener problemas con nadie. Pero yo no entré con un nick de Carlos de la Rioja y critico a Carlos Menem. Sinceramente creo que vos sos Diego Bossio, por más que me lo niegues, estoy seguro en un 100 %. No es broma lo que te digo. Si queres ayudar hacelo, pero no nos digas como hacer nuestro trabajo.
sanher que bueno que leas mis post, asi por lo menos aprendes algo de derecho previsional sino tambien buscame en soloderecho ahi tengo muchos mas post y con mejor calidad tecnica, eran otras epocas donde me tomaba el tiempo de armar mejores respuestas, hoy solo contesto post como este donde me critico a mi mismo segun tu opinion.
saludos
 #727177  por sanher
 
arielruiz86 escribió:Perdon muchachos que lo interrumpa, pero dejando de lado la politica (que es el tema que menos domino y aprecio) y pidiendo disculpa dle caso a los demas foristas por no abrir un nuevo post sobre esto que quiero consultarles a los dos que por lo que he leido en varios post suyos entienden y manejan muy bien el sicam y las leyes actuales previsionales, pero en relación a la circular 69/06 habria que asegurarse primero (o me lo aseguran a mi) si al ampliar o modificar en el sicam 2 y a la vez renunciar todo en el sicam 1 no tiene el mismo efecto de hacerlo todo en el sicam 1? o mejor dicho: si hay pagos incompletos de viejas moratorias que no estan imputados a un determinado periodo el echo de hacerlo el sicam 2 acaso no se imputa a la deuda mas antigua tambien? digo, porque a mi me queda esa duda aún siendo que he echo muchos sicam.....
Ariel, como estas?. En primer lugar te aclaro que el sicam lo sabes manejar y entender mejor vos que yo. Y que yo manejo muy bien las leyes previsionales eso no es cierto, sinceramente ya no entiendo más nada.
La circular 69/06 quedó sin efecto por la 555.
Lo que me preguntás nunca lo hice. Es decir, por ejemplo, si una persona tiene aportes desde 01/1987 hasta 09/1993 como categoría B, y como le genera deuda, renuncia, y vas al sicam 2 y le agregás albañil que es A (para evitar el colorinche) desde 0171987 hasta 09/1993 sinceramente nunca lo hice y desconozco si esos pagos en que aparecen en pagos del sicam te cubran ese mismo periodo que haces en sicam 2.
Habría que agregar en pagos en nuestro propio sicam un solo mes categoría B ( ponerle un monto menor para que genere deuda), por ejemplo desde 01/1987 hasta 01/1987, liquidar en sicam 1 y renunciar a ese mes, y luego ir al sicam 2 y liquidar ese mes como albañil. Saludos.
 #727180  por sanher
 
diegomdp escribió:
sanher escribió:
diegomdp escribió:sin conocer a herrero mas alla de sus fallos, se que bossio es de los peores ejemplares de la politica que tuvo el gobierno k, siempre digo lo mismo o cristina esta en las antipodas de lo que queria nestor para el anses o es muy necia para no darse cuenta del desgobierno que se esta haciendo en anses desde que este muchacho esta al frente del organismo, es de lo peor y con viejas practicas politicas muy clientelistas que uno ya penso que estaban desterradas.
Estuve leyendo varios post tuyos, en relación a la circular 69/06. Explicas que la ampliación tecnicamente debería hacerse en sicam2, pero sin analizar supuestos en que no corresponde. La circular 69/06 fue el mejor acierto de anses, los que la redactaron entendían bastante del tema previsional, los fondos son de los jubilados y aportantes es por ello que fue unos de los motivos por el cual se liquidaron las afjp para evitar que los fondos sean un negocio de los privados. Si los fondos se le da otro destino, en mi caso no puedo hacer nada, soy un simple ciudadano lleno de problemas.
El aportante, como son sus fondos, entiendo que puede hacer lo que le parezca, sea agregándole una categoría inferior para extender o reducir deuda o por una más alta para jubilarse con un mejor haber o generar más deuda. En relación a la circular 69/06 tratá de abrir un post y que todos los foristas voten quienes estaban a favor y quienes en contra. En mi caso estoy a favor de la misma.
Vos serías un peligro si ocuparas el lugar de Diego Bossio, serías peor que él.
Siempre haces una critica, entrás como Diegodmp, cuando la persona a la que te referís y criticas se llama igual que vos y vive en tu misma ciudad. No quiero tener problemas con nadie. Pero yo no entré con un nick de Carlos de la Rioja y critico a Carlos Menem. Sinceramente creo que vos sos Diego Bossio, por más que me lo niegues, estoy seguro en un 100 %. No es broma lo que te digo. Si queres ayudar hacelo, pero no nos digas como hacer nuestro trabajo.
sanher que bueno que leas mis post, asi por lo menos aprendes algo de derecho previsional sino tambien buscame en soloderecho ahi tengo muchos mas post y con mejor calidad tecnica, eran otras epocas donde me tomaba el tiempo de armar mejores respuestas, hoy solo contesto post como este donde me critico a mi mismo segun tu opinion.
saludos
Le prometí a una forista a quien quiero mucho que no iba a discutir con más nadie. Voy a cumplir la promesa. No me gusta ese sitio aburrido en el cual Ud participa.
No necesito aprender de Ud, Ud no es mi maestro. Aprendo solo como siempre lo hice. Sus explicaciones son erróneas en relación a la 69/06.
No opino como Ud.
 #727188  por fabidoc
 
arielruiz86 escribió:Perdon muchachos que lo interrumpa, pero dejando de lado la politica (que es el tema que menos domino y aprecio) y pidiendo disculpa dle caso a los demas foristas por no abrir un nuevo post sobre esto que quiero consultarles a los dos que por lo que he leido en varios post suyos entienden y manejan muy bien el sicam y las leyes actuales previsionales, pero en relación a la circular 69/06 habria que asegurarse primero (o me lo aseguran a mi) si al ampliar o modificar en el sicam 2 y a la vez renunciar todo en el sicam 1 no tiene el mismo efecto de hacerlo todo en el sicam 1? o mejor dicho: si hay pagos incompletos de viejas moratorias que no estan imputados a un determinado periodo el echo de hacerlo el sicam 2 acaso no se imputa a la deuda mas antigua tambien? digo, porque a mi me queda esa duda aún siendo que he echo muchos sicam.....
No Ariel, el Sicam 2 es justamente para evitar que esos pagos (en exceso) repercutan en la deuda màs vieja. Por ello tambièn hubo una època en que era "obligatorio" hacer ampliaciòn. Y nos fuimos de tema........
 #727192  por sanher
 
fabidoc escribió:
arielruiz86 escribió:Perdon muchachos que lo interrumpa, pero dejando de lado la politica (que es el tema que menos domino y aprecio) y pidiendo disculpa dle caso a los demas foristas por no abrir un nuevo post sobre esto que quiero consultarles a los dos que por lo que he leido en varios post suyos entienden y manejan muy bien el sicam y las leyes actuales previsionales, pero en relación a la circular 69/06 habria que asegurarse primero (o me lo aseguran a mi) si al ampliar o modificar en el sicam 2 y a la vez renunciar todo en el sicam 1 no tiene el mismo efecto de hacerlo todo en el sicam 1? o mejor dicho: si hay pagos incompletos de viejas moratorias que no estan imputados a un determinado periodo el echo de hacerlo el sicam 2 acaso no se imputa a la deuda mas antigua tambien? digo, porque a mi me queda esa duda aún siendo que he echo muchos sicam.....
No Ariel, el Sicam 2 es justamente para evitar que esos pagos (en exceso) repercutan en la deuda màs vieja. Por ello tambièn hubo una època en que era "obligatorio" hacer ampliaciòn. Y nos fuimos de tema........
¿Se puede hace lo que le dije a arielruiz? Para evitar el colorinche?